Resolución Exenta IP/N°1131 de Superintendencia de Salud, 24-04-2019 - Normativa - VLEX 914254638

Resolución Exenta IP/N°1131 de Superintendencia de Salud, 24-04-2019

Año2019
Fecha24 Abril 2019
SecciónPrestadores Institucionales
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
Intendencia de Prestadores de Salud
Subdeoartamento de Gestión de Calidad en Salud
Unidad de Gestión en Acreditación
Unidad de Apoyo Legal
REsoLUcrón exenrA rPlNo 1131
sANrrAGo,?4ABR.2019
VISTOS:
1) Lo dispuesto en el No2 del Artículo 121 del DFL No1, de 2005, de Salud; en la Ley No19'880;
los artículos 90 y siguientes del Reglamento del Sistema de Acreditación para los Prestadores
Institucionales de Satuá, aprobado porel D.S. No15, de 2007, del Ministerio de Salud; en el D'S'
64, de 01 de octubre de'2018, del Ministerio de Salud, en el Decreto Exento No39, de 04 de abril
de 2019; y en la Resolución RA882/28/2019, de 1B de febrero de 2019;
2) La Resolución Exenta IPlNo2.497 , tZ de diciembre de 20_18, mediante la cual se tuvo por
acreditado el prestador Institucional *DIÁLISIS VICUÑA SEDE LA CALERA"' cuyo
representante legal es don Pierfranco Andrea Vallebuona Mari y que se encuentra inscrita bajo el
No548 del Registro Público de Prestadores Acreditados;
3) La Resolución Exenta IPlNo339, 28 de enero de-2019, mediante la cual se tuvo por acreditado
ei prestador Institucional "DIÁLISIS WCUÑA SEDE LA LIGUA", cuyo representante legal es
don pierfranco Andrea Vallebuona Mari y que se encuentra inscrita bajo el No549 del Registro
Público de Prestadores Acreditados;
4) La Resolución Exenta IPlNo599, 15 de majzo de 2019, mediante la cual setuvo poracreditado
ei prestador Institucional "DIÁLISIS WCUÑA SEDE QUILLOTA", cuyo representante legal es
don pierfranco Andrea Vallebuona Mari y que se encuentra inscrita bajo el No599 del Registro
Público de Prestadores Acreditados;
5) El correo electrónico, de fecha 01 de abril de 2019, enviada por el representante legal del
Prestador Institucional señalado precedentemente;
6) Et Memorándum No411, de 02 de abril de 2019, del Encargado de la Unidad de Gestión en
Acreditación, don Benedicto Romero Hermosilla;
CONSIDERANDO:
10.- eue, mediante tas resoluciones señaladas en el No2), 3) y 4) de l.os_V_i:lo: Pl9-.S.qull.:_.:tu
Intendencia tuvo por acreditados a los Prestadores Institucionales *DIALISIS VICUNA SEDE LA
6ALERA,,, .iólllisis vrcuñA SEDE LA LrcuA'y *DrÁLrsrs vrcuñA sEDE QurLLorA";
20.- eue, mediante el memorándum señalado en el No6) de los Vistos precedentes, el Encargado
de la Unidad de Gestión en Acreditación informa sobre la recepción de la solicitud referida en el
No5) de esos mismos Vistos, por la cual el representante legal de los prestadores institucionales
ya ¡ñd¡cados solicita realizar la modificación de los nombres de éstos en e_lLe9^islt!_F:iffl.d"
Prestadores Institucionales de Salud, debido a que su razón social actual es "SOCIEDAD MEDICA
VITTA S.p.A.";
3o.- eue, por tanto, corresponde ordenar se modifique la inscripción que los antedichos
prestadores ostentan en el Registro Público de Prestadores Institucionales Acreditados, en cuanto
al nombre de fantasía de éstos, y disponer las demás medidas de rigor;

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