Resolución Exenta IP/N° 1237 de Superintendencia de Salud, 21-11-2012
Año | 2012 |
Fecha | 21 Noviembre 2012 |
Sección | Prestadores Institucionales |
Emisor | Superintendencia de Salud (Chile) |
Intendencia de Prestadores
Unidad de Acreditación
RESOLUCIÓN EXENTA IP/N° 1237
SANTIAGO, 21 de NOV. de 2012
VISTOS:
Lo dispuesto en los numerales 11° y 12° del Artículo 4° y en los numerales 1°, 2° y 3°
del Artículo 121, del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las
Leyes N° 18.933 y 18.469; en los Artículos 16, 27, 43 y demás pertinentes del
“Reglamento del Sistema de Acreditación para los Prestadores Institucionales de
Salud”, aprobado por el D.S. N° 15/2007, del Ministerio de Salud; en el Decreto
Exento N° 18 Exento, del Ministerio de Salud, que aprueba los Estándares General de
Acreditación para los Prestadores Institucionales de Salud de Atención Cerrada y de
Atención Abierta; en la Circular IP N° 21, de 3 de septiembre de 2012, que imparte
instrucciones a las Entidades Acreditadoras sobre el formato del Informe de
Acreditación; la Circular Interna IP N° 4, de 3 de septiembre de 2012, que instruye
sobre la forma de efectuar las inscripciones en el Registro Público de Prestadores
Acreditados de esta Intendencia; en la Resolución SS/N° 43, de 11 de enero de 2012
y en la Resolución Afecta SS/N° 57, de 4 de julio de 2012;
CONSIDERANDO:
1) La solicitud ingresada a esta Superintendencia con N° 66 de ingreso, de fecha 16
de mayo de 2012, formulada por don Antonio Bernardini Gaspar, RUT N° 21.877.639-
6, domiciliado en Coronel Pereira N° 85, comuna de Las Condes, Región
Metropolitana, en representación de la sociedad “INSTITUTO OFTALMOLÓGICO MIC
S.A.”, por medio de la cual solicita someter al procedimiento de acreditación regulado
por el “Reglamento del Sistema de Acreditación para los Prestadores Institucionales de
Salud”, al prestador institucional autorizado como “INSTITUTO OFTALMOLÓGICO
NOVOVISIÓN”, ubicado en Coronel Pereira N° 85, comuna de Las Condes, Región
Metropolitana, del cual es propietaria dicha sociedad, para ser evaluado en función del
Estándar General de Acreditación para Prestadores Institucionales de
Atención Abierta aprobado por el Decreto Exento N° 18 Exento, del Ministerio de
Salud;
2) Que, según consta en el acta del procedimiento de designación aleatoria de
Entidades Acreditadoras correspondiente al procedimiento ejecutado con fecha 17 de
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