Resolución Exenta IF/N° 116 de Superintendencia de Salud de 11/05/2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 906262094

Resolución Exenta IF/N° 116 de Superintendencia de Salud de 11/05/2017

Año2017
Fecha11 Mayo 2017
MateriaIncumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES)
Tipo de procesoSanciones a Prestadores
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
SUPERINTENDENCIA
DESA
UD
RESOLUCIÓN EXENTA
IF/Nº
116
SANTIAGO,
'1
1
MAY
2017
VISTO:
Lo
dispuesto
en
los artículos
115
y
125
2005,
de
Salud;
el artículo
de la Ley
la
Resolución Exenta
Nº109,
de 19 de
octubre
de
2015,
de la
Superintendencia
de Salud y
la
2008,
de la Contraloría General
de la República, y
CONSIDERANDO:
1. Que es función de esta
Superintendencia
velar
porque los
prestadores
de salud
cumplan
con la obligación prevista en el inciso
del artículo
de la Ley
en
orden a que
si
reciben personas con una condición de salud
garantizada
que
implique
urgencia
vital
o secuela funcional
grave
y que, en consecuencia,
hubiese
requerido
hospitalización
inmediata
e impostergable en un
establecimiento
diferente
de
los
contemplados
en la
Red
Asistencial o del designado
por
la
Isapre,
informen
de
dicha situación a la
Intendencia
de
Fondos y Seguros Previsionales,
dentro
de las
veinticuatro
horas siguientes, señalando la
identidad
de estas
personas.
2. Que, de
conformidad
con el referido precepto legal, dicha
información
debe
registrarse
a
través
de
la
página electrónica habilitada para estos efectos
por
la
Intendencia
de Fondos y Seguros Previsionales
de
Salud,
quedando
inmediatamente
disponible para su.consulta
por
el
FONASA y las
Isapres.
3. Que,
no
obstante
ello,
en
la fiscalización efectuada en la
materia
el
año
2014,
este
organismo
pudo
constatar
que el
prestador
"Clínica
Atacama",
vulneró
la citada
obligación,
omitiendo
notificar
2 casos
en
el
sitio
web de esta
Superintendencia;
representándosele dicha
irregularidad
e
impartiendo
las
correspondientes
instrucciones
de
cumplimiento,
a
través
del Oficio Ordinario
IF/Nº
4971,
de 8 de
julio
de
2014.
4. Que,
mediante
visita de fiscalización efectuada a dicho
prestador
entre
los días 25
y 26
de
febrero
de 2016, destinada a
verificar
el
efectivo
cumplimiento
de las
instrucciones
impartidas
por
esta Superintendencia en la
materia,
nuevamente
se
constataron
casos en que, configurándose la situación descrita en el
primer
considerando,
no
se realizó la notificación en
la
página electrónica de esta
institución.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR