Resolucion núm. 3001 EXENTA, el 30 de Octubre de 2006. - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470516530

Resolucion núm. 3001 EXENTA, el 30 de Octubre de 2006.

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyResolución

 

Por resolución exenta Nº3.001, de 24 de octubre de 2006, de esta Subsecretaría, autorízase a PESQUERA BÍO BÍO S.A., para ampliar actividades extractivas con la nave "Gardar", autorizada por resolución Nº2.180 de 2006, de esta Subsecretaría, en las áreas marítimas, con los artes de pesca y sobre los recursos hidrobiológicos que a continuación se señalan: a) En el área marítima comprendida entre la III y IV regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Agujilla, Bonito, Caballa, Cojinoba del norte, Sardina común, Dorado de altura, Bacaladillo o Mote y Jibia o Calamar rojo; b) En el área marítima correspondiente a la IV Región, por fuera del área de reserva artesanal con cerco: Cojinoba del sur y Merluza de cola; c) En el área marítima comprendida entre la V a VII y IX regiones, por fuera del área de reserva artesanal con cerco: Agujilla, Bonito, Caballa, Cojinoba del norte, Cojinoba del sur, Sardina española, Dorado de altura y Jibia o Calamar rojo; d) En el área marítima correspondiente a la X Región, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Agujilla, Bonito, Caballa, Cojinoba del norte, Sardina española, Dorado de altura y Jibia o Calamar rojo; e) En el área marítima correspondiente a la III Región, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre de media agua: Agujilla, Bonito, Caballa, Cojinoba del norte, Sardina común, Dorado de altura, Machuelo o Tritre, Merluza de cola, Bacaladillo o Mote y Jibia o Calamar rojo; f) En el área marítima correspondiente a la IV Región, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Agujilla, Bonito, Caballa, Cojinoba del norte, Cojinoba del sur, Sardina común, Merluza...

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