Resolución D.G.T.M. Y M.M.
Fecha de publicación | 21 Enero 2013 |
Fecha de la decisión | 21 Enero 2013 |
Número de resolución | 12.600/14 |
Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
ORDINARIO - PERMANENTE
ARMADA DE CHILE
DIRECCIÓN GENERAL
TERRITORIO MARÍTIMO Y MM
GOBERNACIÓN MARÍTIMA DE VALDIVIA
GOBERNACIÓN MARÍTIMA DE VALDIVIA
CIRCULAR MARITIMA EXTERNA N° 12.600/ 14 /2013.
OBJ.: ESTABLECE EL CONTENIDO, REQUISITOS E INTRUCCIONES PARA
LA PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE BIOSEGURIDAD NECESARIO PARA
LA AUTORIZACIÓN DE LAS FAENAS DE LIMPIEZA, LAVADO Y
DESINFECCIÓN, EN JURISDICCIÓN DE LA GOBERNACIÓN MARÍTIMA DE
VALDIVIA.
REF.: a) REGLAMENTO DE ORDEN, SEGURIDAD Y DISCIPLINA EN NAVES
Y LITORAL DE LA REPÚBLICA, D.S. (M.) 1.340, DEL 14 DE JUNIO
DE 1941.
b) LEY DE NAVEGACIÓN, D. L. (M) Nº 2.222 de 1978.
c) REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
ACUÁTICA, D. S. (M) N° ,1 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 1992.
d) REGLAMENTO DE MEDIDAS DE CONTROL Y ERRADICACIÓN DE
ENFERMEDADES DE ALTO RIESGO PARA LAS ESPECIES
HIDROBIOLÓGICAS (REGLAMENTO SANITARIO DE LA
ACUICULTURA), D.S. (MINECOM) N° 319, DEL 24 AGOSTO DE
2001.
e) REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LA ACUICULTURA, D.S.
(MINECOM) N° 320, DEL 24 AGOSTO DE 2001.
f) PROGRAMA SANITARIO GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
APLICABLE A LA PRODUCCIÓN DE PECES. RES. EXT.
(SERNAPESCA) N° 72, DEL 30 DE ENERO DE 2003.
g)
REGLAMENTO DE PESTICIDAS DE USO SANITARIO Y
DOMÉSTICO, D.S. (S) N° 157, DEL 30 JUNIO DE 2007.
h)
REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y
AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO, D. S.
(S) N° 594, DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 1999.
i)
REGLAMENTO SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS
PROFESIONALES, D. S. N° 40, DEL FECHA 07 DE MARZO DE 1969.
j) REGLAMENTO SANITARIO SOBRE RESIDUOS PELIGROSOS,
D.S.(S) N° 148, DEL 12 DE JUNIO DE 2003.
k) NCH N° 382, “SUSTANCIAS PELIGROSAS – TERMINOLOGÍA Y
CLASIFICACIÓN GENERAL”.
l) NCH N° 2190, “SUSTANCIAS PELIGROSAS – MARCAS PARA
INFORMACIÓN DE RIESGOS”.
m) NCH N° 2245, “HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD”.
n) CIRCULAR DGTM Y MM ORD. O- 31/017, DEL 12 DE NOVIEMBRE
DE 2002, ESTABLECE UTILIZACIÓN SEGURA DE PLAGUICIDAS EN
BUQUES Y RECINTOS PORTUARIOS.
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I.- ANTECEDENTES
Desde que se declaró la presencia del virus ISA en el país (año
2007) y con el objetivo de mitigar los riesgos de su propagación, surge un
gran número de empresas de servicios dedicadas a la Limpieza, Lavado y
Desinfección (LLD) de naves, artefactos navales y otras estructuras de
apoyo a la acuicultura.
Estos procedimientos requieren de la aplicación directa de productos
químicos sobre las superficies inertes, para la destrucción de patógenos
que pudiesen afectar a la acuicultura. La elección de los procedimientos de
desinfección depende del tamaño, el tipo y la naturaleza de los materiales, y
de los sitios que hay que desinfectar.
Por su naturaleza, los detergentes y desinfectantes utilizados en las
medidas de bioseguridad, presentan propiedades fisicoquímicas
potencialmente capaces de contaminar y deteriorar el medio ambiente
acuático y sus zonas costeras. Son también sustancias peligrosas para las
personas, por lo tanto, si no se toman las medidas de protección personal
adecuadas, causan daño o lesiones a quienes las manipulan.
Para cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas en las
normativas acuícolas, las empresas de servicio y empresas productoras
que desarrollen faenas de LLD, deben contar con personal responsable,
altamente capacitado y entrenado para desarrollar esta actividad, e
implementar procedimientos preventivos, operacionales y de contingencia,
efectivos y seguros para lograr el saneamiento requerido, sin afectar la
seguridad de las personas y la calidad el medio ambiente.
La presente Circular tiene como objetivo, informar los requisitos para
la elaboración y tramitación del Manual de Bioseguridad necesario para la
autorización de los Procedimientos de Limpieza, Lavado y Desinfección de
las Empresas Aplicadoras de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico y de
las Empresas Salmoneras que realicen estas faenas, en jurisdicción de la
Gobernación Marítima de Valdivia.
II.-
CONTENIDO DEL MANUAL DE BIOSEGURIDAD
A. POLÍTICA INTEGRAL DE LA EMPRESA (Compromisos con el cuidado del
medioambiente y la seguridad y salud ocupacional)
B. ORGANIGRAMA (B.1 Estructura Jerárquica, B.2 Funciones y
Responsabilidades del Personal)
C. DESCRIPCIÓN DE LA INTERACCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS Y
COMPETENCIAS DEL PERSONAL. (Debe diseñar un modelo conceptual
que interprete la estructura jerárquica de la organización y las interacciones
entre los diferentes elementos del sistema)
D. PROCEDIMIENTOS
Se debe contar con procedimientos específicos para cada tipo estructura
marítima (ej. muelle, rampa, etc.), equipos, materiales, embarcaciones,
naves, artefactos navales o estructuras flotantes, que estén contempladas
para ser sometidas a faenas de limpieza, lavado y desinfección, según el
lugar de la actividad, indicando lo siguiente por cada procedimiento:
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1. OBJETIVO (debe indicar el fin que se desea alcanzar con el procedimiento
y establecer los criterios y métodos necesarios para asegurar que la
operación y el control de estos procesos sean eficaces).
2. ALCANCE (dirigido a, lugar, equipos y documentos para asegurar la
disponibilidad de recursos e información necesarios para apoyar la
operación y el seguimiento de estos procesos).
3. RESPONSABLES (representante legal, director técnico y responsable o
jefe de faenas)
a. Nombre.
b. Cargo.
c. Profesión-formación.
d. RUT.
e. Dirección.
f. Número telefónico y correo-e de contactos.
g. Firma.
4. INFORMACIÓN Y REGISTROS (Anexos “B” y “C”)
5. EQUIPAMIENTO Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (Tabla:
nombrar tipo de equipo, cantidad, marca, modelo, función, autonomía,
mantenciones o reemplazos).
6. ETAPAS (describir cada una de las etapas de los procedimientos de LLD)
a. Inicio de la faena: (se debe indicar las medidas que permitan que la
faena se realice en forma segura, por ejemplo: protecciones físicas
que impidan la intervención de terceros, implementación de barreras
de bioseguridad como pediluvios, maniluvios, desinfección de
materiales y vestuario).
b. Durante la operación: se deben indicar detalladamente los
procedimientos que se tiene contemplado ejecutar (ej. Limpieza,
lavado y desinfección de estructuras marítimas, materiales, equipos,
embarcaciones, plataformas flotantes, naves, artefactos navales,
sistemas de ensilaje, etc.), los criterios y métodos para el control de
sus eficacias.
c. Término de faena y abandono: se debe indicar los pasos
operacionales posteriores que aseguren el orden, limpieza y buen
funcionamiento de los equipos y la desinfección de los mismos.
Además, se debe detallar la disposición final de los residuos sólidos
orgánicos e inorgánicos y residuos líquidos obtenidos y recuperados
durante las faenas. La disposición final de los residuos líquidos y
sólidos debe quedar registrada y respaldada con respectivos
documentos de despacho y/o recepción final en lugar autorizado,
según corresponda al tipo de residuo.
7. TABLA DE CONSUMOS DE QUÍMICOS: debe indicar en la tabla el
consumo o dosis por metro cuadrado (M2), en relación con el tipo de
estructura marítima, por ejemplo, embarcación, nave, artefacto naval,
estructura flotante, sistema de ensilaje, etc.).
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a. Área a tratar en m2.
b. Nombre comercial del(os) producto(s) químico(s) detergente(s) y
desinfectante(s).
c. Concentración y dilución.
d. Volumen de solución a utilizar.
e. Método de aplicación.
f. Tiempo de exposición (para detergente y desinfectante).
8. FICHAS TÉCNICAS Y HOJAS DE SEGURIDAD
a. Productos químicos
b. Equipamiento e Instrumentos de medición de diluciones de los
químicos y de los parámetros de higiene de las superficies
desinfectadas.
c. Elementos de protección personal.
9. PLANES DE PREVENCIÓN Y CONTINGENCIAS
a. Plan de seguridad del personal (presentar certificado de afiliación a
mutual).
b. Plan para evitar y controlar derrames que contaminen el cuerpo de
agua y sustratos costeros.
c. Plan ante fallas de materiales, equipos, insumos...
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