Resolución nº 4910/05 D.G.T.M. Y M.M., 15-12-2020
Fecha de la decisión | 15 Diciembre 2020 |
Fecha de publicación | 15 Diciembre 2020 |
Número de resolución | 4910/05 |
Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
C.P. ( PAT. ) ORDINARIO N° 4910/ 05 Vrs.
HABILITA LA OPERACIÓN DEL
TERMINAL MARÍTIMO MINERA
PATACHE.
PATACHE, 15 DE DICIEMBRE DE 2020
VISTO: Lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio
Marítimo y Marina Mercante, D.F.L. N° 292, de fecha 25 de julio de 1953; D.L. N° 2.222, de
1978 y sus modificaciones, Ley de Navegación; el D.S. (M.) Nº 1.340 bis, de fecha 14 de junio
de 1941, modificado por D.S. (M.) Nº 359, de fecha 27 de abril de 1963, Reglamento General
de Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de la República; el D.S. (M.) N° 2, de
fecha 03 de enero de 2005, modificado por el D.S. (M.) Nº 9, de fecha 11 de enero 2018,
Reglamento sobre Concesiones Marítimas; el D.S. (M.) Nº 1, de fecha 06 de enero de 1992,
Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática; el D.S. (M.) Nº 397, de fecha 8 de
mayo de 1985, Reglamento de Practicaje y Pilotaje y sus modificaciones posteriores; el D.S.
(M.) Nº 991, de fecha 26 de octubre de 1987, que fija la jurisdicción de las Gobernaciones
Marítimas y Capitanías de Puerto de la República y teniendo presente las atribuciones que me
confiere la reglamentación marítima vigente,
R E S U E L V O:
HABILÍTESE, las condiciones de operación de la siguiente instalación portuaria:
1.- Nombre de la Instalación Portuaria.
Terminal Marítimo Minera Patache.
2.- Descripción General.
Muelle mecanizado destinado para la operación de naves Bulk Carrier, cuenta con dos
correas transportadoras, una para embarque de sal y la otra para descarga de carbón.
La referida instalación portuaria cuenta con un sistema de amarre de seis boyas, un
cabezo con una plataforma de servicio, unida a tierra a través de un puente de acceso y
dos duques de alba.
3.-
Ubicación Geográfica.
El Terminal Marítimo Minera Patache S.A, se encuentra ubicado en la I Región de
Tarapacá, específicamente a 65 Km. al sur de la Ciudad de Iquique, en las siguientes
coordenadas geográficas:
Latitud
: 20° 48’ 00’’ S.
Longitud : 070° 11’ 39’’ W.
Ref.: Carta Náutica SHOA N° 1233, 6° Edición, Agosto 1999.
4.- Propietario.
Terminal Marítimo Minera Patache S.A.
5.- Estación de Espera de Prácticos.
Área circular de 1.5 cables de radio, cuyo centro se encuentra al 004° y 1.02 millas de
Punta Patache, en Lat. 20° 47’ 34” S y Long. 70° 12’ 25” W.
Ref.: Carta Náutica SHOA N°1233, 6° Edición, Agosto 1999.
C.P. PAT. ORDINARIO N° 4910/05/VRS.
FECHA: 15 DIC 2020
6.- Zona de Fondeo a la Gira.
Para la definición de los fondeaderos se consideró eslora máxima de la nave que
puede recalar al puerto, 230 metros:
6.1. Punto de Fondeo “A”.
Al 346° y 2.60 cables del extremo superior derecho del muelle mecanizado del
Terminal Marítimo Minera Patache.
6.2. Punto de Fondeo “B”.
Al 348° y 5.70 cables del extremo superior derecho del Muelle Mecanizado del
Terminal Marítimo Minera Patache.
6.3. Punto de Fondeo “C”.
Al 277° y 6.80 cables del extremo superior derecho del Muelle Mecanizado del
Terminal Marítimo Minera Patache.
6.4. Punto de Fondeo “D”.
Al 310° y 7.80 cables del extremo superior derecho del muelle mecanizado del
Terminal Marítimo Minera Patache.
Ref.: Carta Náutica SHOA N° 1233, 6° Edición, Agosto 1999.
7.- Límites del Puerto.
Línea imaginaria representada por el meridiano 070° 12' 34'' de longitud Weste que
nace desde Punta Patache, hasta interceptar el paralelo 20° 47’ 18” de latitud Sur y
continuando por este último hacía el Este, hasta tocar la costa.
Ref.: Carta Náutica SHOA N° 1231, 3° Edición, Agosto 1999 y Carta Náutica SHOA N°
1233, 6° Edición, Agosto 1999.
8.- Características Meteorológicas y Ambientales de la Instalación Portuaria.
8.1.- Dirección y velocidad de viento predominante en nudos.
Los Vientos predominantes en las costas de la Región de Tarapacá durante el
día son de dirección Surweste y Sur/Surweste, y a contar de la puesta de sol de
dirección Sur/Sureste, con intensidades de viento que van entre los 10 a 16 nu-
dos. Durante los meses de octubre a marzo, producto de la intensificación del
anticiclón y de la alza de temperatura por las tardes, se produce un incremento
en la intensidad del viento entre 25 y 30 nudos de dirección general Sur. Las
calmas son más frecuentes durante las mañanas y neblinas (con baja frecuen-
cia) en los meses de verano. Durante los meses de abril y agosto, se presenta
viento del cuarto cuadrante durante la mañana, producto de la formación de la
vaguada costera en el sector norte del país. Esta zona costera no se encuentra
protegida de los vientos del Surweste y junto a las marejadas producen incon-
venientes a las naves atracadas en los terminales.
8.2.- Dirección y velocidad de la corriente en nudos.
La dirección y velocidad de la corriente equivale a 0.5 nudos, en dirección SW.
C.P. PAT. ORDINARIO N° 4910/05/VRS.
FECHA: 15 DIC 2020
8.3.- Altura de la ola en metros.
Varía entre 0.30 mts. y 2.0 mts.; las direcciones de incidencia de oleaje entre
198° al 252°, siendo más frecuentes las marejadas provenientes del W y SW
en los meses de mayo a septiembre.
8.4.- Amplitud de la marea en metros.
En el puerto se presentan dos bajamar y dos pleamar, con una amplitud
máxima de marea de alrededor de 0.90 a 1.15 metros.
Ref.: Estudio de Corrientes, Vientos, Mareas y Olas, elaborado por INGEMAR
Ltda., Junio 1994.
9.- Sitios o Frentes de Atraque y boyas.
Extensión
: 173 metros.
Orientación Muelle
: 143°-323°.
Orientación Buque amarrado : 070°-250°.
10.- Terminal Marítimo.
Boyas de Amarre
: 06 NR.
Nombre Boya
Latitud
Longitud
N° 1 Centro Proa
20° 48’ 02” S.
070° 11’ 49” W.
N° 2 Centro Popa
20° 47’ 56” S.
070° 11’ 31” W.
N° 3 BE Proa
20° 47’ 54” S.
070° 11’ 37” W.
N° 4 BB Proa
20° 48’ 04” S.
070° 11’ 43” W.
N° 5 BB Popa
20° 48’ 00” S.
070° 11’ 34” W.
N° 6 BE Popa
20° 47’ 57” S.
070° 11’ 47” W.
Ref.: Carta Náutica SHOA N° 1233, 6° Edición, Agosto 1999.
11.- Condiciones Límites para las Naves.
Eslora Máxima
: 230 metros.
Calado Máximo : 14,39 metros.
Manga Máxima
: 32,2 metros.
Desplazamiento : 85.344 toneladas.
Condiciones o restricciones particulares de operación: El dispositivo actual de
amarre en el Terminal Marítimo Minera Patache, consiste en el empleo del ancla de
estribor y el paso de espías a 6 boyas; babor, centro y estribor en proa y popa.
Distancia mínima entre la nave y cabezo del Terminal Marítimo:
El muelle está configurado de tal manera que las naves que carguen sal queden
separadas de las defensas de muelle con un mínimo de cuatro metros y las naves
que realicen faenas de descarga de carbón queden separadas de las defensas del
muelle entre dos y cuatro metros.
La distancia final a dejar la nave de las defensas del muelle será determinada por
la Autoridad Marítima con evaluación del Práctico de Servicio, basado en las
condiciones meteorológicas del momento.
En aquellos casos especiales en los cuales, por alguna eventualidad, se sobrepase
la condición de limite definida y calculadas en el estudio, el Capitán de Puerto, con
la asesoría del Práctico local, definirá las medidas operacionales a adoptar para la
ejecución de las maniobras de atraque, desamarre y corridas, en condiciones de
seguridad.
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