Resolución nº 12.100/6 D.G.T.M. Y M.M., 16-01-2019
Fecha de la decisión | 16 Enero 2019 |
Fecha de publicación | 16 Enero 2019 |
Número de resolución | 12.100/6 |
Emisor | D.G.T.M. Y M.M.,Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
ARMADA DE CHILE
DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO
MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE
D.G.T.M Y M.M. EXENTA. N° 12100/ 6 Vrs.
MODIFICA LÍMITE DE PUERTOS, ZONAS
DE ESPERA DE PRÁCTICO, ESTACIONES
DE TRANSFERENCIA DE PRÁCTICOS Y
DISPOSITIVOS DE SEPARACIÓN DE
TRÁFICO.
VALPARAÍSO, 16 de enero de 2019.
VISTO: lo dispuesto en los artículos 5°, 29°, 30°, 34°, 35° y
siguientes de la Ley de Navegación, aprobada por D.L. N° 2.222, de fecha 21 de
mayo de 1978; la resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta N° 12100/47, de fecha 01
de septiembre de 2009 y en el ejercicio de las atribuciones que me confieren los
artículos 15°, 16°, 47° y 48° del Reglamento de Practicaje y Pilotaje, aprobado
por el D.S. (M) N° 397 de fecha 08 de mayo de 1985,
R E S U E L V O:
1.-
MODIFÍCASE, para los fines prescritos en el Título 5 del D.S. (M.)
N° 397 de 1985, los Límites de los Puertos que se indican, signados en el
número 1 del Anexo “A” de la resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta N° 12100/47,
de fecha 01 de septiembre de 2009, de acuerdo al siguiente detalle:
MEJILLONES:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 1330, Edición 2005).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 1331, Edición 2011).
ANTOFAGASTA:
Donde dice:
El polígono que se forma uniendo los siguientes puntos geográficos:
1)
Lat. 23° 38' 12” S Long. 070° 23' 48” W.
2)
Lat. 23° 37' 45” S Long. 070° 24' 54” W.
3)
Lat. 23° 37' 58” S Long. 070° 25' 19” W.
4)
Lat. 23° 39' 06” S Long. 070° 24' 36” W.
5)
Lat. 23° 39' 06” S Long. 070° 24' 04” W
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 2111, Edición 1982).
Debe decir:
El polígono que se forma uniendo los siguientes puntos geográficos:
1)
Lat. 23° 38' 44'' S Long. 070° 24' 18'' W.
2)
Lat. 23° 37' 00'' S Long. 070° 24' 46'' W.
3)
Lat. 23° 37' 00'' S Long. 070° 25' 20'' W.
4)
Lat. 23° 39' 00'' S Long. 070° 25' 20'' W.
5)
Lat. 23° 39' 20'' S Long. 070° 24' 12'' W.
D.G.T.M. Y M.M. EXENTA N° 12100/6
HOJA N° 2.-
FECHA: 16 de enero de 2019.
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 2111, Edición 2016).
CALDERA:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 3111, Edición 2003).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 3111, Edición 2004).
CALDERILLA:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 3111, Edición 2003).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 3111, Edición 2004).
COQUIMBO:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 4111, Edición 1989).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 4111, Edición 2015).
GUAYACÁN:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 4111, Edición 1989).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 4111, Edición 2015).
CONSTITUCIÓN:
Donde dice:
Paralelo 35° 19' 00” S y el meridiano que pasa por la Piedra de la Iglesia.
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 5311, Edición 1957).
D.G.T.M. Y M.M. EXENTA N° 12100/6
HOJA N° 3.-
FECHA: 16 de enero de 2019.
Debe decir:
Paralelo 35° 18' 16” S y el meridiano que pasa por la Piedra de la Iglesia.
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 5212, Edición septiembre 2017).
TOMÉ:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 6110, Edición 2003).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 6110, Edición 2014).
PENCO y LIRQUÉN:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 6111, Edición 2002).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 6111, Edición 2013).
CORRAL:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 6241, Edición 1989).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 6241, Edición 2017).
CHAITÉN:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 7421, Edición 1999).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 7465, Edición 2010).
D.G.T.M. Y M.M. EXENTA N° 12100/6
HOJA N° 4.-
FECHA: 16 de enero de 2019.
NATALES y BORIES:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 10611, Edición 2002).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 10611, Edición 2012).
PUNTA ARENAS:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 11411, Edición 1991).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 11411, Edición 2008).
GREGORIO:
Donde dice:
Paralelo 52° 38’ 52” S. y el meridiano 70° 08’ 00” W.
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 11500, Edición 1991).
Debe decir:
Es el área interior que se forma entre el paralelo 52° 40’ 00” S y los meridianos
070° 08’ 00” W y 070° 12’ 42” W.
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 11512, Edición 2012).
Agregar:
a.- Inmediatamente después del Límite del Puerto de Valparaíso, lo siguiente:
JUAN FERNÁNDEZ:
Línea imaginaria entre Punta San Carlos y Punta Lobería.
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 5411, Edición 2013).
2.-
MODIFÍCASE, para los fines prescritos en el Título 5 del D.S. (M)
N° 397 de 1985, las Zonas de Espera de Prácticos que se indica, signadas en el
número 2 del Anexo “A” de la resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta N° 12100/47, de
fecha 01 de septiembre de 2009, de acuerdo al siguiente detalle:
D.G.T.M. Y M.M. EXENTA N° 12100/6
HOJA N° 5.-
FECHA: 16 de enero de 2019.
IQUIQUE:
Donde dice:
Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1)
Lat. 20° 11' 10” S Long. 70° 09' 30” W.
2)
Lat. 20° 11' 10” S Long. 70° 09' 30” W.
3)
Lat. 20° 11' 25” S Long. 70° 09' 11” W.
4)
Lat. 20° 11' 25” S Long. 70° 09' 30” W.
Debe decir:
1)
Lat. 20° 11' 21” S Long. 70° 09' 16” W.
2)
Lat. 20° 11' 21” S Long. 70° 09' 35” W.
3)
Lat. 20° 11' 36” S Long. 70° 09' 16” W.
4)
Lat. 20° 11' 36” S Long. 70° 09' 35” W.
PATACHE:
Donde dice:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 1232, Edición 2000).
Debe decir:
(Carta de referencia: Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de
Chile N° 1233, Edición 1999).
MEJILLONES:
Donde dice:
Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1)
Lat. 23° 04' 10” S Long. 70° 26' 44” W.
2)
Lat. 23° 04' 10” S Long. 70° 25' 26” W.
3)
Lat. 23° 05' 00” S Long. 70° 25' 26” W.
4)
Lat. 23° 05' 00” S Long...
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