Resolución de archivo de denuncia respecto a productos de limpieza, cuidado personal y elementos de protección personal (“EPP”), 20-04-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 873416124

Resolución de archivo de denuncia respecto a productos de limpieza, cuidado personal y elementos de protección personal (“EPP”), 20-04-2021

Fecha20 Abril 2021
Fecha de publicación23 Abril 2021
Tipo de AsuntoAcuerdos colusorios
1
Santiago, 20 de abril de 2021
VISTOS:
1) La denuncia reservada Rol N°2613-20 FNE relativa a eventuales conductas
de aquellas señaladas por el artículo 3° incisos primero y segundo letra a)
del Decreto Ley N°211 (“DL 211”) respecto a productos de limpieza, cuidado
personal y elementos de protección personal (“EPP) relacionados con la
emergencia sanitaria provocada por el Covid-19;
2) La Minuta de Archivo de fecha 19 de abril de 2021;
3) Lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 3°, 20 y 39 del Decreto Ley N°211; y,
CONSIDERANDO:
1) Que, con fecha 16 de marzo del año 2020, la Fiscalía Nacional Económica
(“FNE” o Fiscalía”) recibió una denuncia de parte de la Diputada doña
Natalia Castillo Muñoz y de los diputados don Pablo Vidal Rojas y don Miguel
Crispi Serrano, referida a una posible conducta anticompetitiva en el contexto
de la propagación del virus Sars-Cov-2, y su enfermedad Covid-19
(“Denuncia”);
2) Que la Denuncia se refiere a un eventual acuerdo colusorio entre las
principales cadenas farmacéuticas y de supermercados presentes en Chile
para aumentar los precios de las mascarillas, alcohol gel, jabón,
desinfectantes, toallas húmedas y, en general, medicamentos relacionados
con la prevención del Covid-19;
3) Que, con el objeto de esclarecer los hechos materia de la Denuncia y verificar
su admisibilidad, se llevaron a cabo una serie de diligencias. Entre ellas, se
citó a prestar declaración ante la FNE a distintos proveedores de los
productos señalados en la Denuncia, se solicitó información a las principales
cadenas de farmacias y de supermercados del país y se revisó la información
pertinente del Servicio Nacional de Aduanas;
4) Que, analizada la información allegada al proceso de admisibilidad, se
observa un fuerte aumento en la demanda por los productos objeto de la
denuncia entre los meses de enero y mayo de 2020, en comparación con el
mismo periodo del año anterior;
5) Que, asimismo, los datos muestran que en el mismo periodo se habrían
producido importantes problemas de stock en varios de dichos productos,
existiendo quiebres en el abastecimiento de algunos de ellos;

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