Resolución de aprobación sobre adquisición de control en Phoenix Tower US Holdings L.P. por parte de NewCo PTI HoldCo, 09-02-2024 - Doctrina Administrativa - VLEX 1016749901

Resolución de aprobación sobre adquisición de control en Phoenix Tower US Holdings L.P. por parte de NewCo PTI HoldCo, 09-02-2024

Fecha de publicación15 Febrero 2024
Fecha09 Febrero 2024
Tipo de AsuntoConcentraciones o Integraciones
1
Santiago, 9 de febrero de 2024.
VISTOS:
1. La presentación de fecha 4 de enero de 2024, correlativo de ingreso 48.214-2024
(“Notificación”), en virtud de la cual NewCo PTI HoldCo (“NewCo PTI”) y Blackstone
Inc. (“Blackstone, y con Newco PTI, “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional
Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la eventual
adquisición de influencia decisiva en Phoenix Tower US Holdings L.P. (“Entidad
Objeto”) por parte de NewCo PTI (“Operación”).
2. La resolución de fecha 16 de enero de 2024, por la que esta Fiscalía ordenó el inicio
de la investigación de la Operación bajo el Rol FNE F378-2024, de conformidad al
Título IV de Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto
Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).
3. El informe de la División de Fusiones de la Fiscalía, de esta misma fecha (“Informe”).
4. Lo dispuesto en la Guía para el Análisis de Operaciones de Concentración de mayo
de 2022 (“Guía”).
5. Lo dispuesto en los artículos 1º, 2, 39, 50 y 54, y en el Título IV del DL 211.
CONSIDERANDO:
1. Que NewCo PTI es un vehículo de inversión controlado conjuntamente por BlackRock
Alternatives Management, LLC (“BlackRock”) y Grain Management, LLC (“Grain”).
En Chile, NewCo PTI se encuentra activo mediante empresas de la cartera del grupo
empresarial de BlackRock, con actividades en marketing, entretenimiento, derechos
de autor musicales, proyectos solares fotovoltaicos, instalaciones hospitalarias e
instalaciones aeroportuarias.
2. Que la Entidad Objeto es una sociedad matriz de alcance global, que posee y explota
sitios de infraestructuras inalámbricas y presta servicios a propietarios de torres e
inmuebles, vendedores y desarrolladores y comunidades. En Chile, una de sus
filiales, posee, opera, gestiona y arrienda activos de fibra óptica e infraestructura de
telecomunicaciones inalámbricas utilizados por operadores de redes móviles de
servicios de telecomunicaciones.
3. Que la Operación consiste en la adquisición, por parte de NewCo PTI, de una
participación minoritaria en las acciones emitidas por la Entidad Objeto, la que
conferirá influencia decisiva en la forma de control negativo a través de ciertos
derechos de veto, siendo en consecuencia la transacción descrita una operación de
concentración en los términos del artículo 47 letra b) del DL 211
4. Que las Partes declaran que NewCo PTI y la Entidad Objeto no tienen previsto
desarrollar actividades económicas en los mismos mercados relevantes de producto
o geográfico, ni tampoco desarrollar actividades económicas en mercados
verticalmente relacionados.

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