Resolución 358-2012 de la Unidad de Análisis Financiero, del 04-06-2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 858002689

Resolución 358-2012 de la Unidad de Análisis Financiero, del 04-06-2013

JurisdicciónChile
Número de resolución358-2012
Fecha04 Junio 2013
Actividad EconómicaCasa de Cambio
Tipo de procesoIncumplimmiento Circulares UAF Nº 9, 18 y 25
UNIDAD
DE
ANÁLISIS
FINANCIERO
‘011!IRNO
JI
(HIlE
RES.
EXENTA
DJ.
N°107-481-2013
ROL
358-2012
PONE
TÉRMINO
AL
PROCESO
SANCIONATORIO.
Santiago,
4
de
junio
de
2013
VISTOS:
Lo
dispuesto
en
la
Ley
N°19.913;
los
de
la
las
Circulares
Nos.
9,
de
2006,
18 y
25,
ambas
de
2007,
todas
de
la
Unidad
de
Análisis
Financiero;
el
Decreto Supremo
16,
de
2013,
del
Ministerio
de
Hacienda:
las
Resoluciones
Exentas
DJ.
Nos.
106-1006-2012,
107-211-2013
y
107-252-2013;
y,
CONSIDERANDO:
Q
1.
Que,
la
Unidad
de
Análisis Financiero
por
Resolución
Exenta
106-1006-2012,
de
fecha
10
de
diciembre
de
2012,
formuló
cargos
e
inició
un
proceso
sancionatorio
en
contra
del
sujeto
obligado
Inversiones
Inmobiliarias
Mopar
Limitada,
representada legalmente por
don
Pablo
Cesar
Benavides
Yanulaque,
ya
individualizado
en
el
presente
proceso
infraccional,
por contravención
a
lo
dispuesto
en
el
de la
y
por
no
dar
cumplimiento
a
las
instrucciones
impartidas
por
esta
Unidad
de
Análisis Financiero
en
las
Circulares
Nos.
9,
del
año
2006,
18 y
25,
ambas
del
año
2007.
2.
Que, con
fecha
18 de
diciembre
de
2012,
se
notificó
personalmente
la
Resolución Exenta
DJ.
106-1006-2012,
individualizada
en
los
vistos
de
la
presente resolución
al
representante
legal
del
sujeto
obligado.
3.
Que, con
fecha
27
de
diciembre
de
2013,
y
encontrándose
dentro
del
plazo
establecido
en
la
ley,
el
sujeto
obligado
Inversiones
Inmobiliarias
Mopar
Limitada
presentó
un
escrito
de
descargos,
formulando
las
alegaciones
que
se
detallan
en
los
párrafos
siguientes.
Indica
que
la
sociedad
Inversiones
Inmobiliarias
Mopar
Limitada
tiene
como
giro
los
hoteles,
estacionamientos
de
vehículos
y
parquímetros,
compraventa
y
alquiler
(excepto amoblados)
de
inmuebles
propios
y
arrendados,
en
consecuencia,
la
sociedad
no
ejerce
la
actividad
económica
de
Casa
de
Cambios.
Precisa
que
la
inscripción
de
la
sociedad
en
los
registros
de
la
Unidad
de
Análisis
Financiero,
se
debió
a
que
recibió
una
carta
por
parte
de
esta
Servicio,
en
la
que
se
señaló
el
incumplimiento
de
obligaciones
legales,
atendido
a
que
la
empresa
ejercía
actividades
económicas
señaladas
en
el
artículo
3
de
la
Ley
N°19.913,
y
que
en
consecuencia,
debía
inscribirse
en
los
registros
de
este
Servicio.
Además
Inversiones
Inmobiliarias
Mopar
Limitada
señala
en
sus
descargos
que
es
una
empresa
relacionada
a
Cambios Yanulaque
Limitada,
sociedad
de
responsabilidad
limitada,
que
detenta
el
giro
de
compra
y
venta
y
monedas
extranjeras
o
de
oro.
De
esta
forma,
precisa
que
la
empresa Inversiones
Inmobiliarias
Mopar
Limitada
ha
realizado compra
de
dólares
de
los
Estados
Unidos
en
los
bancos
de
Chile
y
Santander,
para
vendérselos
exclusivamente
a
Cambios
Yanulaque
Limitada, actuando
en
calidad
de
mandatario
de
dicha
empresa,
cuyo
mandato
es
de
carácter
gratuito.
Manifiesta
que
esta
modalidad
de
operación,
en
la
cual
Inversiones
Inmobiliarias
Mopar
Limitada
efectúa
operaciones
de
compra
y
venta
de
dólares para
venderlos
a
su
vez
a
Cambios Yanulaque
Limitada,
obedece
a
que
las
instituciones
bancarias
no
comercializan
dólares
a
las
empresas
que
ejercen
la
actividad

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