Resolución núm. 373, publicada el 20 de Junio de 2012. MODIFICA RESOLUCIÓN (A) Nº 299, DE 2010, QUE APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA ? COMSA - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469205322

Resolución núm. 373, publicada el 20 de Junio de 2012. MODIFICA RESOLUCIÓN (A) Nº 299, DE 2010, QUE APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA ? COMSA

EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN (A) Nº 299, DE 2010, QUE APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA – COMSA

Santiago, 5 de junio de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 373.- Visto:

  1. Que, el Estado, a través del Ministerio de Agricultura y con el propósito de apoyar al sector productivo agrícola, ha propiciado un programa de subsidios para el cofinanciamiento de las primas de seguros agrícolas por cobertura de pérdidas o daños ocasionados a las producciones agrícolas, pecuarias o forestales, así como a las instalaciones y/o sistemas productivos asociadas a dichas producciones, derivadas de fenómenos climáticos, eventos de la naturaleza, accidentes y enfermedades del ganado, y demás eventualidades de casos fortuitos o fuerza mayor que puedan causar pérdida, daño o deterioro de las materias aseguradas, contratados por productores agrícolas, pecuarios y/o forestales, con compañías de seguros, como una manera de traspasar parte de estos riesgos al mercado asegurador.

  2. Que, por resolución (A) Nº 299, de 2010, se estableció el actual "Reglamento para la administración del Comité de Seguro Agrícola y el otorgamiento del subsidio a las primas de Seguro Agrícola".

  3. Que, dicho Reglamento establece dentro de sus normas transitorias, un subsidio especial para todos los cultivos de cereales asegurables, del 75% de la prima neta cobrada en la respectiva póliza de seguro, más un subsidio de monto fijo de 0,60 unidades de fomento por cada póliza, manteniendo un tope general de 80 unidades de fomento por beneficiario, por cada temporada agrícola.

  4. Que, el subsidio especial señalado en el visto anterior, expira el día 30 de junio del año 2012, razón por la cual el Consejo Directivo del COMSA, en uso de las facultades que se le confieren a dicho órgano en las letras b) y e) del numeral 1.2 del Reglamento ya mencionado, ha propuesto prorrogar por un año tal beneficio, para todos los cultivos de cereales asegurables, por estimarlo necesario.

  5. Que, en ejercicio de la facultad otorgada en el Nº 9 del acuerdo de Consejo de CORFO Nº 2084, del año 2000, que "Crea Comité de Seguro Agrícola - COMSA", modificado por los acuerdos Nº 2140, de 2001, Nº 2388, de 2006, Nº 2592 y Nº 2628, ambos de 2010, se estima conveniente introducir una modificación al Reglamento ya individualizado, en el sentido de prorrogar la vigencia del Subsidio Especial señalado en el Visto Nº 3.

  6. Las facultades que me confiere la ley Nº 6.640, el decreto con fuerza de ley Nº...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR