Resolución núm. 4386 EXENTA, publicado el 27 de Junio de 2013. DEROGA RESOLUCIÓN N°3.376 EXENTA, DE 2010, Y DELEGA EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE INDICA EN EL JEFE DE GABINETE SUBSECRETARÍA, EN LAS JEFATURAS DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA QUE SEÑALA Y EN LA JEFATURA DEL SERVICIO DE BIENESTAR MINVU-SERVIU - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468862250

Resolución núm. 4386 EXENTA, publicado el 27 de Junio de 2013. DEROGA RESOLUCIÓN N°3.376 EXENTA, DE 2010, Y DELEGA EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE INDICA EN EL JEFE DE GABINETE SUBSECRETARÍA, EN LAS JEFATURAS DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA QUE SEÑALA Y EN LA JEFATURA DEL SERVICIO DE BIENESTAR MINVU-SERVIU

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

DEROGA RESOLUCIÓN N°3.376 EXENTA, DE 2010, Y DELEGA EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE INDICA EN EL JEFE DE GABINETE SUBSECRETARÍA, EN LAS JEFATURAS DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA QUE SEÑALA Y EN LA JEFATURA DEL SERVICIO DE BIENESTAR MINVU-SERVIU

Santiago, 24 de junio de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 4.386 exenta.- Vistos: El DL N° 1.305, de 1976; el artículo 41 de la ley N° 18.575, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por el DFL N° 1/19.653; la resolución exenta N° 3.376 (V. y U.), de 2010; la resolución exenta N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,

Teniendo presente:

  1. Que por resolución exenta N° 3.376 (V. y U.), de 2010, modificada por las resoluciones exentas Nos 671 y 4.421, de 2011, Nos 7.541 y 8.920, de 2012, todas de Vivienda y Urbanismo, se delegó en las Jefaturas de la División Administrativa y en la Jefa del Servicio de Bienestar Minvu-Serviu, el ejercicio de diversas facultades en materia personal, de administración y suministro de bienes y contratación de servicios, de remuneraciones y concesión de bonos en general, como asimismo en el Jefe de la División Jurídica la facultad de iniciar la instrucción de investigaciones sumarias y sumarios administrativos.

  2. La conveniencia de refundir en un solo acto administrativo las delegaciones efectuadas a las jefaturas singularizadas en el considerando anterior, a través de la resolución exenta N° 3.376 (V. y U.) de 2010 y sus modificaciones.

  3. Que, además, es necesario ampliar desde 400,00 y hasta 600,00 Unidades Tributarias Mensuales el monto de la delegación de facultades que la referida resolución exenta N° 3.376, (V. y U.), de 2010, efectuó a la Jefa de la División Administrativa, para suscribir los actos administrativos que incidan en materia de: licitaciones públicas y contrataciones por convenio marco, celebración de contratos de suministro de bienes muebles y contratación de servicios, suscripción de todos aquellos actos administrativos y contractuales vinculados a dichos procesos, comprendidos en los Programas Presupuestarios, Subtítulos, Ítem y Asignaciones, como asimismo, de delegar en el Jefe de Gabinete Subsecretaría el ejercicio de similar facultad de suscribir las referidas materias, desde un monto de 600,01 y hasta un monto de 1.500 Unidades Tributarias Mensuales, dicto la siguiente.

Resolución:

Artículo 1° Derógase la resolución exenta N° 3.376 (V. y U.), de 2010.

Artículo 2°

Delégase en el/la Jefe/a de Gabinete del señor Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, el ejercicio de la facultad de autorizar y sancionar, sin desmedro de las funciones propias del Departamento de Compras y Servicios Generales, licitaciones públicas y contrataciones por convenio marco, celebrar contratos de suministro de bienes muebles y contratación de servicios, y suscribir todos aquellos actos administrativos y contractuales vinculados a dichos procesos, comprendidos en los Programas Presupuestarios, Subtítulos, Ítem, Asignaciones y por los montos expresados en unidades tributarias mensuales, que se indican en la tabla siguiente:

.

Artículo 3°

Delégase en el/la Jefe/a de la División Administrativa el ejercicio de las siguientes facultades:

  1. En materias de personal:

    1. - Destinaciones del artículo 73 del DFL N° 29, de Hacienda, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo.

    2. - Autorizar, conforme la organización del trabajo que disponga cada una de las jefaturas respectivas, la programación anual de trabajos extraordinarios del personal de las unidades que conforman el nivel central del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y/o sus modificaciones; autorizar la ejecución de dichos trabajos, y disponer o sancionar su compensación con descanso complementario y/o el pago de las horas trabajadas por ese concepto, conforme lo aprobado por cada jefatura responsable.

    3. - Sancionar la compensación con descanso complementario de los trabajos extraordinarios que ejecuten los Secretarios Regionales Ministeriales y los Directores de los Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización, en la medida que la ejecución de dichos trabajos se encuentre aprobada o sancionada por el Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, mediante la visación de la correspondiente solicitud de...

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