Res.Ex. N°181 - 30.03.2020 Establece condiciones específicas de funcionamiento de los comités consultivo y de administración de la reserva marina Isla Choros-Damas - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 915903015

Res.Ex. N°181 - 30.03.2020 Establece condiciones específicas de funcionamiento de los comités consultivo y de administración de la reserva marina Isla Choros-Damas

Fecha de publicación01 Abril 2020
Fecha30 Marzo 2020
Número de resolución181
Año2020
MunicipioCoquimbo
MateriaRescate y Conservación,Parques y reservas marinas
ESTABLECE CONDICIONES ESPECÍFICAS DE
FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS CONSULTIVO Y
DE ADMINISTRACIÓN DE LA RESERVA MARINA ISLA
CHOROS-DAMAS.
COQUIMBO, 30/03/2020
RES. EX. Nº, 181/
VISTOS: Resolución Exenta 4603 de fecha 04 de
octubre de 2019, la cual Establece la Estructura Administrativa de las Reservas Marinas La
Rinconada, Isla Chañaral e Isla Choros y Damas; lo dispuesto en el DFL N° 5, de 1983 y sus
modificaciones; el Decreto Supremo 430, de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley N° 18.892 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura; los
Decretos Supremos Nº 238 del 2004, Reglamento sobre Parques Marinos y Reservas Marinas de la
Ley General de Pesca y Acuicultura, Nº 151 del 2005, que crea la Reserva Marina Islas Choros y
Damas, Región de Coquimbo y Nº 159 del 2015, que aprueba el Plan General de Administración de
la Reserva Marina Islas Choros y Damas, todos del actual Ministerio de Economía Fomento y
Turismo; La Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen
los Actos de los órganos de la Administración del Estado; y las resoluciones Nº 6 y 7 de 2019 de la
Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma razón.
CONSIDERANDO:
1. Que, a través del Decreto Supremo Nº 151 de 2005,
del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se creó la Reserva Marina Islas Choros y
Damas.
2. Que, con posterioridad a la declaración de esta
área protegida, se aprobó el respectivo Plan General de Administración (en adelante, PGA) a través
del Decreto Supremo Nº 159 del 29 de octubre del 2015, citado en Visto.
3. Que, la Reserva Marina Isla Choros-Damas tiene
por objeto el resguardo y protección de los ambientes representativos de los sistemas marinos que
son parte de ella, de manera que se asegure el equilibrio y la continuidad de los procesos bio-
ecológicos que ocurren en la zona, a través del manejo y uso sustentable de la biodiversidad y el
patrimonio natural existente.

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