Res.Ex. N° 2354 - 20.08.2021 Inicia proceso de renovación de miembros suplentes del comité de manejo de merluza del sur en sus unidades de pesquerías - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 915901156

Res.Ex. N° 2354 - 20.08.2021 Inicia proceso de renovación de miembros suplentes del comité de manejo de merluza del sur en sus unidades de pesquerías

Número de resolución2354
Fecha de publicación23 Agosto 2021
Fecha20 Agosto 2021
MunicipioArica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío, Ñuble, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y de la Antártica Chilena
Recurso PesqueroPeces demersales
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías,Peces demersales
MINISTERIO
DE
ECONOMÍA
FOMENTO
Y
TURISMO
SUBSECRETARiA
DEJ~ES~A-Y
ACUICULTURA
RESOLUCION
COMIT~"óE--JIAANiJ6
MERWZ!l.
DE
SUR.
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INICIA
PROCESO
DE
RENOVACIÓN
DE
MIEMBROS
SUPLENTES
DEL
COMITÉ
DE
MANEJO
DE
MERLUZA
DEL
SUR
EN
SUS
UNIDADES
DE
PESQUERÍAS
(41
° 28,6
L.S.
AL
57
L.S.).
RESOL.
EXENTA
2354
2 O
A
~~o
2021
VALPARAÍSO,
u
VISTO:
El
Informe Técnico
(R.PESQ.)
106-
2018
y
el
Memorándum
Técnico
(R.PESQ.)
41-2021,
ambos de la División de Administración
Pesquera; las Leyes
19.880,
20.560 y
20.657;
lo
dispuesto en la Ley General de Pesca y
Acuicultura 18.892 y
sus
modificaciones, cuyo
texto
refundido, coordinado y
sistematizado
fue
fijado
por
el
D.S.
430
de 1991,
el
D.F.L.
5 de 1983,
lo
dispuesto
por
el
D.S.
95
de 2013, que
establece
el
Reglamento de designación de los
integrantes
y
funcionamiento
de los Comités de
Manejo,
modificado
mediante
los
D.S.
198
de
2014
y 85 de 2015,
todos
del
actual
Ministerio
de Economía,
Fomento
y Turismo; la Resolución 6 de
2019
de Contrataría General de
la República; las Resoluciones Exentas
1517
y
3635, ambas de 2019 y
1815
de 2021, todas
de esta Subsecretaría; Dictamen E102932/2021.
C O N S 1 O E R A N O 0:
Que
mediante
Resoluciones Exentas
1517
y
3635, ambas de 2019 y
1815
de 2021, todas de esta Subsecretaría,
se
declararon vacantes los
cargos suplentes correspondientes
a:
primer
cargo
del
sector pesquero artesanal de la Región de
Aysén
del
General Carlos lbáñez del Campo; segundo cargo
del
sector pesquero artesanal de la
Región de Magallanes y
La
Antártica Chilena; y cargo
del
sector pesquero industrial de la Unidad de
Pesquería Sur
(47°00
LS-
57°00'
L.S.).
Que, de
conformidad
a
lo
dispuesto en
el
D.S.
95
de 2013,
modificado
mediante
los
D.S.
198
de
2014
y
85 de 2015,
todos
del
Ministerio
de Economía, Fomento y Turismo, que aprobó
el
Reglamento de designación de los
integrantes
y
funcionamiento
de los
Comité
de Manejo, establece que
el
cargo
suplente
que
se
encuentre
vacante
podrá reemplazarse
si
se
considera necesario
por
el
Comité.
i
,,
Que, en efecto,
el
artículo
18
de la norma
"""
previa[Penre>citada indica:
Si
un
miembro del
Comité
cesare
en
su cargo antes del vencimiento
del plazo
por
el cual fue nombrado, será reemplazado
por
el suplente.
En
caso
que no
se
disponga
de
suplencia, el Subsecretario podrá
abrir
el cupo vacante
por
el lapso
de
tiempo que resta al
período
de
ejercicio del integrante renunciado. Del mismo modo, podrá remplazarse el cargo
suplente si
se
considera necesario
por
el
Comité.
1
Que,
en
este sentido, el Memorándum Técnico
(R.PESQ.)
41-2021,
de
la División de Administración Pesquera, señala que el Comité
de
Manejo
de Merluza del
Sur
en
sus
Unidades de Pesquerías (41
°
28,6
L.S.
Al 57
L.S.)
ha
consensuado llenar
los cargos que
se
encuentran vacantes, aplicándose los criterios establecidos
en
el Informe
Técnico
(R.PESQ.)
106-2018.
Que,
en
consecuencia, y
en
consideración a lo
informado por la División
de
Administración Pesquera,
es
necesario establecer los criterios y
procedimientos que regirán las postulaciones para llenar los cargos vacantes del sector privado
en
el Comité
de
Manejo
ya
mencionado, conforme lo dispuesto
en
el
D.S.
95
de
2013,
modificado por los
D.S.
198 de 2014 y 85
de
2015, todos del Ministerio
de
Economía,
Fomento y Turismo.
RE
S U E LVO:
Articulo
1°.-
Dese
inicio al proceso
de
renovación
de
los miembros suplentes del Comité
de
Manejo
de
Merluza del
Sur
(41 °28,6
L.S.
a
57°
L.S.).
Articulo
2°.-
Apruebánse las bases del proceso
de renovación
de
los miembros suplentes del Comité
de
Manejo
de
Merluza del
sur.
"BASES
DEL
PROCESO
DE
RENOVACIÓN
DE
LOS
REPRESENTANTES
DEL
SECTOR
PRIVADO
DEL
COMITÉ
DE
MANEJO
DE
MERLUZA
DEL
SUR,
CONTEMPLADO
EN
LA
LEY
GENERAL
DE
PESCA
Y
ACUICULTURA"
Las
presentes
bases
regulan el proceso
de
renovación
de
miembros suplentes
de
los Comités
de
Manejo contemplados
en
el artículo 8
de
la
Ley
General
de
Pesca
y Acuicultura, el cual
es
un
órgano
de
carácter asesor
en
la elaboración, propuesta, implementación, evaluación y adecuación
de los planes
de
manejo regulados
en
el mencionado cuerpo legal y
en
el
D.S.
95
de
2013, que
establece el Reglamento
de
designación
de
los integrantes y funcionamiento
de
los Comités
de
Manejo, modificado mediante los
D.S.
198
de
2014 y 85
de
2015, todos del actual
Ministerio
de
Economía, Fomento y Turismo.
1.-
De
los integrantes
El
Comité de Manejo
de
Merluza del
sur,
requiere integrarse por los siguientes representantes del
sector privado:
Representantes
de
los pescadores artesanales inscritos
en
Merluza del
sur,
distribuidos
de
la
siguiente manera:
i.
Representante suplente para el primer cargo
de
la Región
de
Aysén del General Carlos
lbáñez del
Campo.
ii. Representante suplente para el segundo cargo
de
la Región
de
Magallanes y
La
Antártica
Chilena.
Representante del sector pesquero industrial, distribuidos
de
la siguiente manera:
i.
Representante suplente
de
la Unidad
de
Pesquería
Sur
(47°00 LS-
57°00'
L.S.).
2

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