Res.Ex. N° E-2024-086 – 30.01.2024 Autoriza a Renato Francisco Borras Chávez para realizar pesca de investigación que indica
Número de resolución | E-2024-086 |
Fecha | 30 Enero 2024 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2024 |
Año | 2024 |
Municipio | Valparaíso |
Materia | Pesca Artesanal,Pesquerías |
Verificación del Documento:
Id del Documento: 23473
Código de verificación: 75451059604
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMIA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
PINV E-2024-062
“ECOLOGÍA DE FORRAJEO, GENÉTICA Y
MICROBIANA DEL LOBO FINO DE JUAN
FERNÁNDEZ”
AUTORIZA A RENATO FRANCISCO
BORRAS CHÁVEZ PARA REALIZAR
PESCA DE INVESTIGACIÓN QUE
INDICA.
VALPARAÍSO.
R. EX. Nº E-2024-086
FECHA: 30/01/2024
VISTO: Lo solicitado por don RENATO
FRANCISCO BORRAS CHÁVEZ, mediante ingreso E- PINV-2024-034, de fecha 15
de enero de 2024; lo informado por la División de Administración Pesquera de
esta Subsecretaría, mediante Informe Técnico N° E-2024-062, de fecha 22 de
enero de 2024; los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto “ECOLOGÍA
DE FORRAJEO, GENÉTICA Y MICROBIANA DEL LOBO FINO DE JUAN
FERNÁNDEZ, ARCTOCEPHALUS PHILIPPII. EVALUANDO SU
SUSCEPTIBILIDAD A ENFERMEDADES INFECCIOSAS Y A
CONTAMINANTES”, elaborados por la peticionaria y aprobados por esta
Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, el D.F.L. Nº 5, de 1983, el
D.S. N° 461, de 1995; Decreto Exento N° 225 de 1995, todos del actual
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y Las Resoluciones Exentas E-2021-
672, y N°1697 de 2023, ambas de esta Subsecretaría.
C O N S I D E R A N D O:
Que don RENATO FRANCISCO BORRAS
CHÁVEZ solicitó mediante ingreso citado en Visto, una solicitud para desarrollar
una pesca de investigación conforme los Términos Técnicos de Referencia del
Proyecto denominado “ECOLOGÍA DE FORRAJEO, GENÉTICA Y
MICROBIANA DEL LOBO FINO DE JUAN FERNÁNDEZ, ARCTOCEPHALUS
PHILIPPII. EVALUANDO SU SUSCEPTIBILIDAD A ENFERMEDADES
INFECCIOSAS Y A CONTAMINANTES”.
Que mediante Informe citado en Visto,
la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa que las
actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de investigación de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° Nº 29 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva que no tiene fines comerciales
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