Res.Ex. N° E-2023-611 - 03.10.2023 Autoriza a Limnotec SpA, para realizar pesca de investigación que indica - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 954670952

Res.Ex. N° E-2023-611 - 03.10.2023 Autoriza a Limnotec SpA, para realizar pesca de investigación que indica

Número de resoluciónE-2023-611
Fecha03 Octubre 2023
Fecha de publicación05 Octubre 2023
MunicipioLos Lagos
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías
Verificación del Documento:
Id del Documento: 21513
Código de verificación: 47896067353
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2023-430 “CARACTERIZACIÓN
LIMNOLÓGICA”
AUTORIZA A LIMNOTEC SPA, PARA
REALIZAR PESCA DE INVESTIGACIÓN
QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2023-611
FECHA: 03/10/2023
VISTO: Lo solicitado por Limnotec SpA,
mediante ingreso electrónico SUBPESCA E-PINV-2023-354, de fecha 30 de
agosto de 2023; lo informado por la División de Administración Pesquera de
esta Subsecretaría, mediante Informe Técnico N°E-2023-430, de fecha 14 de
septiembre de 2023; los Términos Técnicos de Referencia del proyecto
denominado “CARACTERIZACIÓN LIMNOLÓGICA ASOCIADA AL
PROYECTO PARQUE EÓLICO COLLERA, REGIÓN DE LOS LAGOS”,
elaborados por la peticionaria y aprobados por esta Subsecretaría; las Leyes
N°19.880 y N°21.358; la Ley General de Pesca y Acuicultura N°18.892 y sus
modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el
D.S. Nº430, de 1991, el D.F.L. N°5, de 1983, el D.S. Nº461, de 1995, el
Decreto Exento N°878, de 2011, del actual Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo; y la Resolución Exenta N°332 de 2011, del Servicio Nacional de Pesca
y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que, Limnotec SpA, mediante ingreso
electrónico citado en Visto, realiza solicitud para desarrollar una pesca de
investigación conforme los Términos Técnicos de Referencia del proyecto
denominado “CARACTERIZACIÓN LIMNOLÓGICA ASOCIADA AL
PROYECTO PARQUE EÓLICO COLLERA, REGIÓN DE LOS LAGOS”.
Que, mediante Informe Técnico citado
en Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa
que las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de
investigación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° N°29 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro,
cuya finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento
científico, para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
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