Res.Ex. N° E-2023-481 - 04.08.2023 Autoriza a Moisés Valladares Cortés para realizar pesca de investigación que indica
Número de resolución | E-2023-481 |
Fecha | 04 Agosto 2023 |
Fecha de publicación | 08 Agosto 2023 |
Año | 2023 |
Municipio | Los Lagos |
Materia | Pesca Artesanal,Pesquerías |
Verificació n del Dócumentó:
Id del Documento: 20551
Código de verificación: 74174504160
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2023-337 “DIVERSIDAD MORFOLÓGICA Y
GENÓMICA”
AUTORIZA A MOISÉS VALLADARES
CORTÉS PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2023-481
FECHA: 04/08/2023
VISTO: Lo solicitado por MOISÉS
VALLADARES CORTÉS, mediante ingreso electrónico SUBPESCA E-PINV-2023-
270, de fecha 06 de julio de 2023; lo informado por la División de
Administración Pesquera de esta Subsecretaría, mediante Informe Técnico N° E-
2023-337, de 24 de julio de 2023; los Términos Técnicos de Referencia del
proyecto “DIVERSIDAD MORFOLÓGICA Y GENÓMICA EN UN COMPLEJO
DE ESPECIES DE MICRO-GASTERÓPODOS DULCEACUÍCOLAS EN LAGOS
DE SUDAMÉRICA”, elaborados por la peticionaria y aprobados por esta
Subsecretaría; las Leyes N° 19.880 y N° 21.358; la Ley General de Pesca y
Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, el D.F.L. N° 5, de 1983, el
D.S. Nº 461, de 1995, el Decreto Exento N° 878, de 2011, del actual Ministerio
de Economía, Fomento y Turismo; y la resolución Exenta N° 332 de 2011, del
Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que MOISÉS VALLADARES CORTÉS,
mediante ingreso electrónico citado en Visto, realiza solicitud para desarrollar
una pesca de investigación conforme los Términos Técnicos de Referencia del
proyecto denominado “DIVERSIDAD MORFOLÓGICA Y GENÓMICA EN UN
COMPLEJO DE ESPECIES DE MICRO-GASTERÓPODOS DULCEACUÍCOLAS
EN LAGOS DE SUDAMÉRICA”.
Que mediante Informe Técnico citado en
Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa que
las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de investigación de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° N° 29 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro, cuya
finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento científico,
para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
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