Res.Ex. N° E-2023-266 – 27.04.2023 Autoriza a Instituto de Investigación Pesquera Octava Región S.A., para realizar pesca de investigación que indica - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 1028398739

Res.Ex. N° E-2023-266 – 27.04.2023 Autoriza a Instituto de Investigación Pesquera Octava Región S.A., para realizar pesca de investigación que indica

Número de resoluciónE-2023-266
Fecha27 Abril 2023
Fecha de publicación02 Mayo 2023
Año2023
MunicipioBiobío
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías
Verificación del Documento:
Id del Documento: 18836
Código de verificación: 34753209830
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2023-163“PROGRAMA VIGILANCIA”
AUTORIZA A INSTITUTO DE
INVESTIGACIÓN PESQUERA OCTAVA
REGIÓN S.A. PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2023-266
FECHA: 27/04/2023
VISTO: Lo solicitado por el Instituto de
Investigación Pesquera Octava Región S.A., mediante ingreso Virtual 2487, de
fecha 27 de marzo de 2023; lo informado por la División de Administración
Pesquera de esta Subsecretaría, mediante Informe Técnico N° E-2023-163, de
06 de abril de 2023; los Términos Técnicos de Referencia del proyecto
“PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL TERMINAL MARÍTIMO CAP
ACERO, BAHÍA SAN VICENTE, REGIÓN DE BIOBÍO”, elaborados por la
peticionaria y aprobados por esta Subsecretaría; las Leyes 19.880 y
21.358; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones
cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430,
de 1991, el D.F.L. N° 5, de 1983, el D.S. N° 635 de 1948 y el D.S N° 461 de
1995, todos del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Instituto de Investigación
Pesquera Octava Región S.A., mediante ingreso electrónico citado en Visto,
realiza solicitud para desarrollar una pesca de investigación conforme los
Términos Técnicos de Referencia del proyecto denominado “PROGRAMA DE
VIGILANCIA AMBIENTAL TERMINAL MARÍTIMO CAP ACERO, BAHÍA
SAN VICENTE, REGIÓN DE BIOBÍO”.
Que mediante Informe Técnico citado en
Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa que
las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de investigación de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro, cuya
finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento científico,
para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
Que dicha solicitud cumple con las
exigencias dispuestas en el D.S. 461, de 1995, del actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que establece los requisitos que deben cumplir
las solicitudes de pesca de investigación.
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