Res.Ex. N° E-2023-091 – 13.02.2023 Autoriza a Centro de Ecología Aplicada S.A para realizar pesca de investigación que indica - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 1028398115

Res.Ex. N° E-2023-091 – 13.02.2023 Autoriza a Centro de Ecología Aplicada S.A para realizar pesca de investigación que indica

Número de resoluciónE-2023-091
Fecha13 Febrero 2023
Fecha de publicación20 Marzo 2023
Año2023
MunicipioTarapacá
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías
Verificación del Documento:
Id del Documento: 17582
Código de verificación: 48593054945
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2023-014 “MONITOREO LIMNOLÓGICO”
AUTORIZA A CENTRO ECOLOGÍA
APLICADA S.A. PARA REALIZAR PESCA
DE INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2023-091
FECHA: 13/02/2023
VISTO: Lo solicitado por Centro
Ecología Aplicada S.A., mediante ingreso electrónico SUBPESCA E-PINV-2022-
498, de fecha 07 de diciembre de 2022; lo informado por la División de
Administración Pesquera de esta Subsecretaría, mediante Informe Técnico N° E-
2023-014, de 6 de enero de 2023; los Términos Técnicos de Referencia del
proyecto “MONITOREO LIMNOLÓGICO ASOCIADO AL PROYECTO
ACTUALIZACIÓN PROYECTO MINERO QUEBRADA BLANCA, REGIÓN
TARAPACÁ”, elaborados por la peticionaria y aprobados por esta
Subsecretaría; las Leyes 19.880 y 21.358; la Ley General de Pesca y
Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, el D.F.L. N° 5, de 1983, el
D.S. Nº 461, de 1995, el Decreto Exento N° 878, de 2011, del actual Ministerio
de Economía, Fomento y Turismo; y la resolución Exenta N° 332 de 2011, del
Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que Centro Ecología Aplicada S.A.,
mediante ingreso electrónico citado en Visto, realiza solicitud para desarrollar
una pesca de investigación conforme los Términos Técnicos de Referencia del
proyecto denominado “MONITOREO LIMNOLÓGICO ASOCIADO AL
PROYECTO ACTUALIZACIÓN PROYECTO MINERO QUEBRADA BLANCA,
REGIÓN TARAPACÁ”.
Que mediante Informe Técnico citado en
Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa que
las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de investigación de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro, cuya
finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento científico,
para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
Que dicha solicitud cumple con las
exigencias dispuestas en el D.S. Nº 461, de 1995, del actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que establece los requisitos que deben cumplir
las solicitudes de pesca de investigación.
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