Res.Ex. N° E-2023-345 – 29.05.2023 Autoriza a Servicios e Investigación Pramar SpA para realizar pesca de investigación que indica - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 1028398004

Res.Ex. N° E-2023-345 – 29.05.2023 Autoriza a Servicios e Investigación Pramar SpA para realizar pesca de investigación que indica

Número de resoluciónE-2023-345
Fecha29 Mayo 2023
Fecha de publicación31 Mayo 2023
Año2023
MunicipioAntofagasta
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías
Verificación del Documento:
Id del Documento: 19428
Código de verificación: 56865571650
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2023-221 “CARACTERIZACIÓN
LIMNOLÓGICA”
AUTORIZA A SERVICIOS E
INVERSIONES PRAMAR SpA PARA
REALIZAR PESCA DE INVESTIGACIÓN
QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2023-345
FECHA: 29/05/2023
VISTO: Lo solicitado por SERVICIOS E
INVERSIONES PRAMAR SpA, mediante ingreso electrónico SUBPESCA E-PINV-
2023-155, de fecha 27 de abril de 2023; lo informado por la División de
Administración Pesquera de esta Subsecretaría, mediante Informe Técnico N° E-
2023-221, de 17 de mayo de 2023; los Términos Técnicos de Referencia del
proyecto “CARACTERIZACIÓN LIMNOLÓGICA ASOCIADA AL PROYECTO
PLAN DE REDUCCIÓN DE EXTRACCIONES EN EL SALAR DE ATACAMA,
REGIÓN DE ANTOFAGASTA”, elaborados por la peticionaria y aprobados por
esta Subsecretaría; las Leyes N° 19.880 y N° 21.358; la Ley General de Pesca y
Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, el D.F.L. N° 5, de 1983,
los D.S. Nº 461, de 1995, y 320 de 1981, el Decreto Exento N° 878, de
2011, todos del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y la
resolución Exenta N° 332 de 2011, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que SERVICIOS E INVERSIONES
PRAMAR SpA, mediante ingreso electrónico citado en Visto, realiza solicitud para
desarrollar una pesca de investigación conforme los rminos Técnicos de
Referencia del proyecto denominado “CARACTERIZACIÓN LIMNOLÓGICA
ASOCIADA AL PROYECTO PLAN DE REDUCCIÓN DE EXTRACCIONES EN
EL SALAR DE ATACAMA, REGIÓN DE ANTOFAGASTA”.
Que mediante Informe Técnico citado en
Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa que
las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de investigación de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 29 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro, cuya
finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento científico,
para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
Que dicha solicitud cumple con las
exigencias dispuestas en el D.S. 461, de 1995, del actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que establece los requisitos que deben cumplir
las solicitudes de pesca de investigación.
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