Res.Ex. N° E-2022-299 - 30.05.2022 Autoriza a Centro de Investigación en recursos naturales SpA para realizar pesca de investigación que indica - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 915906149

Res.Ex. N° E-2022-299 - 30.05.2022 Autoriza a Centro de Investigación en recursos naturales SpA para realizar pesca de investigación que indica

Número de resoluciónE-2022-299
Fecha de publicación01 Junio 2022
Fecha30 Mayo 2022
Año2022
MunicipioCoquimbo
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías
Verificación del Documento:
Id del Documento: 13147
Código de verificación: 94148299862
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA,
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
PINV E -2022-162 LÍNEA DE BASE MARINA
AUTORIZA AL CENTRO DE
INVESTIGACIÓN EN RECURSOS
NATURALES SpA PARA REALIZAR
PESCA DE INVESTIGACIÓN QUE
INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2022-299
FECHA: 30/05/2022
VISTO: Lo solicitado por el Centro de
Investigación en Recursos Naturales SpA, mediante ingreso electrónico
Subpesca E-2022-152, de fecha 22 de abril de 2022; lo informado por la División
de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, en Informe Técnico N° E-
2022-162, de fecha 17 de mayo de 2022; los Términos Técnicos de Referencia
del Proyecto “LINEA DE BASE MARINA COMPLEMENTARIA CALETA LOS
CORRALES, SECTOR PUNTA DE CHOROS, REGIÓN DE COQUIMBO”,
elaborados por la peticionaria y aprobados por esta Subsecretaría; las leyes N°
19.880 y 21.358; la Ley General de Pesca y Acuicultura 18.892 y sus
modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el
D.S. 430 de 1991, el D.F.L. 5 de 1983 y el Decreto Exento 461 de
1995, todos del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
C O N S I D E R A N D O:
Que el Centro de Investigación en
Recursos Naturales SpA ingresó mediante carta citada en Visto, una solicitud
para desarrollar una pesca de investigación conforme los Términos Técnicos de
Referencia del Proyecto denominado “LINEA DE BASE MARINA
COMPLEMENTARIA CALETA LOS CORRALES, SECTOR PUNTA DE
CHOROS, REGIÓN DE COQUIMBO”.
Que mediante Informe Técnico, citado
en Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa
que las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de
investigación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° Nº 29 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva que no tiene fines
de lucro, y cuya finalidad es generar información para generar conocimiento
científico, para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
Que dicha solicitud cumple con las
exigencias dispuestas en el D.S. 461 de 1995, del actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que establece los requisitos que deben cumplir las
solicitudes de pesca de investigación.
Que de acuerdo con lo anterior y de
conformidad a lo dispuesto en los artículos 98 a 102 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura y el D.S. N° 461 de 1995, citado en Visto, corresponde autorizar la
pesca de investigación solicitada.
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