Res.Ex. N° E-2022-088 - 16.02.2022 Autoriza a Cristóbal Garcés Coronado, para realizar pesca de investigación, proyecto "Efecto de actividad reproductiva de salmón chinook, en redes tróficas de ríos cordilleranos, en la cuenca del Río Bueno" Región de L - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 915905745

Res.Ex. N° E-2022-088 - 16.02.2022 Autoriza a Cristóbal Garcés Coronado, para realizar pesca de investigación, proyecto "Efecto de actividad reproductiva de salmón chinook, en redes tróficas de ríos cordilleranos, en la cuenca del Río Bueno" Región de L

Número de resoluciónE-2022-088
Fecha de publicación22 Febrero 2022
Fecha16 Febrero 2022
MunicipioLos Ríos
MateriaSalmonídeos
Verificación del Documento:
Id del Documento: 11314
Código de verificación: 68204456005
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2021-585
AUTORIZA A CRISTÓBAL GARCÉS
CORONADO PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2022-088
FECHA: 16/02/2022
VISTO: Lo solicitado por don Cristóbal
Garcés Coronado mediante ingreso electrónico SUBPESCA E-PINV-2021-433, de
22 de septiembre de 2021; lo informado por la División de Administración
Pesquera de esta Subsecretaría en Informe Técnico N° E-2021-585, de fecha 17
de diciembre de 2021; los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto
EFECTOS DE ACTIVIDAD REPRODUCTIVA DE SALMÓN CHINOOK
(ONCORHYNCHUS TSHAWYTSCHA) EN REDES TRÓFICAS DE RÍOS
CORDILLERANOS EN LA CUENCA DEL RIO BUENO, elaborados por la
peticionaria y aprobados por esta Subsecretaría; la Ley 19.880; la Ley
General de Pesca y Acuicultura 18.892 y sus modificaciones cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, el
D.F.L. Nº 5, de 1983, el D.S.461, de 1995, el Decreto Exento N° 878, de
2011, todos del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la resolución
exenta N° 332, de 2011, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que don Cristóbal Garcés Coronado,
ingresó mediante carta citada en Visto, una solicitud para desarrollar una pesca
de investigación conforme los rminos Técnicos de Referencia del Proyecto
denominado EFECTOS DE ACTIVIDAD REPRODUCTIVA DE SALMÓN
CHINOOK (ONCORHYNCHUS TSHAWYTSCHA) EN REDES TRÓFICAS DE
RÍOS CORDILLERANOS EN LA CUENCA DEL RIO BUENO.
Que mediante Informe Técnico,citado
en Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa
que las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de
investigación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° Nº 29 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro,
cuya finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento
científico, para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
Que dicha solicitud cumple con las
exigencias dispuestas en el D.S. 461, de 1995, del actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que establece los requisitos que deben cumplir
las solicitudes de pesca de investigación.
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