Res.Ex. N° E-2022-485 - 16.08.2022 Autoriza a Carlos Muñoz Consultoría en Medio Ambiente E.I.R.L., para realizar pesca de investigación que indica - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 915903431

Res.Ex. N° E-2022-485 - 16.08.2022 Autoriza a Carlos Muñoz Consultoría en Medio Ambiente E.I.R.L., para realizar pesca de investigación que indica

Número de resoluciónE-2022-485
Fecha de publicación22 Agosto 2022
Fecha16 Agosto 2022
Año2022
MunicipioLos Lagos
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías
Verificación del Documento:
Id del Documento: 14547
Código de verificación: 77511354806
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2022-248 “CARACTERIACIÓN LIMNOLÓGICA”
AUTORIZA A CARLOS MUÑOZ
CONSULTORÍA EN MEDIO AMBIENTE
E.I.R.L. PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2022-485
FECHA: 16/08/2022
VISTO: Lo solicitado por Carlos Muñoz
Consultoría en Medio Ambiente E.I.R.L., mediante ingreso electrónico SUBPESCA
E-PINV-2022-236, de fecha 24 de junio de 2022; lo informado por la División
de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, mediante Informe Técnico N°
E-2022-248, de 26 de julio de 2022; los Términos Técnicos de Referencia del
proyecto “CARACTERIZACIÓN LIMNOLÓGICA ASOCIADO AL PROYECTO
TERMAS DEL SOL, REGIÓN DE LOS LAGOS”, elaborados por la peticionaria
y aprobados por esta Subsecretaría; las Leyes N° 19.880 y 21.358; la Ley
General de Pesca y Acuicultura 18.892 y sus modificaciones cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, el
D.F.L. N° 5, de 1983, el D.S. Nº 461, de 1995, el Decreto Exento N° 878, de
2011, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y la resolución
Exenta N° 332 de 2011, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que Carlos Muñoz Consultoría en Medio
Ambiente E.I.R.L. mediante ingreso electrónico citado en Visto, realiza solicitud
para desarrollar una pesca de investigación conforme los Términos Técnicos de
Referencia del proyecto denominado “CARACTERIZACIÓN LIMNOLÓGICA
ASOCIADO AL PROYECTO TERMAS DEL SOL, REGIÓN DE LOS LAGOS”.
Que mediante Informe Técnico citado en
Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa que
las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de investigación de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° N° 29 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro, cuya
finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento científico,
para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
Que dicha solicitud cumple con las
exigencias dispuestas en el D.S. 461, de 1995, del actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que establece los requisitos que deben cumplir
las solicitudes de pesca de investigación.
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