Res.Ex. N° E-2021-638 - 15.11.2021 Autoriza a Solutos Asesorías de Ingeniería y Proyecto Limitada, para realizar pesca de investigación que indica
Número de resolución | E-2021-638 |
Fecha de publicación | 06 Julio 2022 |
Fecha | 15 Noviembre 2021 |
Año | 2022 |
Municipio | Ñuble |
Materia | Pesca Artesanal,Pesquerías |
Verificación del Documento:
Id del Documento: 9546
Código de verificación: 04335760793
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMIA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2021-417 “LÍNEA DE BASE
LIMNOLÓGICA ASOCIADA AL PROYECTO
CONDOMINIO MARINA AVENDAÑO, REGIÓN
DEL ÑUBLE”
AUTORIZA A SOLUTOS ASESORÍAS DE
INGENIERÍA Y PROYECTO LIMITADA
PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2021-638
FECHA: 15/11/2021
VISTO: Lo solicitado por Solutos
Asesorías de Ingeniería y Proyecto Limitada, mediante ingreso electrónico E-
PINV-2021-397, de 08 de septiembre de 2021; lo informado por la División de
Administración Pesquera de esta Subsecretaría en Informe Técnico N° E-2021-
417, de 27 de septiembre de 2021; los Términos Técnicos de Referencia del
Proyecto “LÍNEA DE BASE LIMNOLÓGICA ASOCIADA AL PROYECTO
CONDOMINIO MARINA AVENDAÑO, REGIÓN DEL ÑUBLE”, elaborados por
la peticionaria y aprobados por esta Subsecretaría; la Ley Nº 19.880; la Ley
General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, el
D.F.L. Nº 5, de 1983, el D.S. Nº 461, de 1995, el Decreto Exento N° 878, de
2011, todos del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y la
Resolución Exenta N° 332, de 2011, del Servicio Nacional de Pesca y
Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que Solutos Asesorías de Ingeniería y
Proyecto Limitada mediante ingreso electrónico citado en Visto, presentó una
solicitud para desarrollar una pesca de investigación conforme los Términos
Técnicos de Referencia del Proyecto denominado “LÍNEA DE BASE
LIMNOLÓGICA ASOCIADA AL PROYECTO CONDOMINIO MARINA
AVENDAÑO, REGIÓN DEL ÑUBLE”.
Que, mediante Informe Técnico, citado
en Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa
que las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de
investigación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° Nº 29 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro,
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