Res.Ex. N° E-2021-095 - 02.03.2021 Autoriza a Inversiones Bosquemar Limitada para realizar pesca de investigación al proyecto Parque Eólico Yumbel, Río Biobio, Región del Biobio - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 915905958

Res.Ex. N° E-2021-095 - 02.03.2021 Autoriza a Inversiones Bosquemar Limitada para realizar pesca de investigación al proyecto Parque Eólico Yumbel, Río Biobio, Región del Biobio

Número de resoluciónE-2021-095
Fecha de publicación08 Marzo 2021
Fecha02 Marzo 2021
Año2021
MunicipioBiobío
MateriaPesca Artesanal,Pesquerías
Verificación del Documento:
Id del Documento: 5525
Código de verificación: 48109438900
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2020-400 LÍNEA BASE
LIMNOLÓGICA
AUTORIZA A INVERSIONES
BOSQUEMAR LIMITADA PARA REALIZAR
PESCA DE INVESTIGACIÓN QUE
INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2021-095
FECHA: 02/03/2021
VISTO: Lo solicitado por Inversiones
Bosquemar Limitada mediante ingreso electrónico Subpesca E-PINV-2020-360,
de fecha 20 de noviembre de 2020; lo informado por la División de
Administración Pesquera de esta Subsecretaría en Informe Técnico E-2020-
400, de fecha 30 de noviembre de 2020; los Términos Técnicos de Referencia
del Proyecto Línea base limnológica asociada al proyecto parque eólico
Yumbel, río Biobío, Región de Biobío, elaborados por la peticionaria y
aprobados por esta Subsecretaría; la Ley Nº 19.880; la Ley General de Pesca y
Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, el D.F.L. Nº 5 de 1983 y el
D.S. 461 de 1995, el Decreto Exento 878 de 2011, todos del actual
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y la Resolución Exenta N° 332 de
2011, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que Inversiones Bosquemar Limitada,
ingresó mediante carta citada en Visto, una solicitud para desarrollar una pesca
de investigación conforme los Términos Técnicos de Referencia del proyecto
denominado Línea base limnológica asociada al proyecto parque eólico
Yumbel, río Biobío, Región de Biobío.
Que mediante Informe Técnico E-
2020-400, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría,
informa que las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de
investigación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° N° 29 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro,
cuya finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento
científico, para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
Que dicha solicitud cumple con las
exigencias dispuestas en el D.S. 461 de 1995, del actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que establece los requisitos que deben cumplir
las solicitudes de pesca de investigación.
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