Res.Ex. N° E-2021-578 - 07.10.2021 Autoriza a Jorge González González para realizar pesca de investigación que indica
Número de resolución | E-2021-578 |
Fecha de publicación | 08 Octubre 2021 |
Fecha | 07 Octubre 2021 |
Año | 2021 |
Municipio | Magallanes y de la Antártica Chilena |
Materia | Pesca Artesanal,Pesquerías |
Verificación del Documento:
Id del Documento: 9054
Código de verificación: 73949694711
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMIA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
PINV E-2021-381 CAPTURA ORGANISMOS
ACUÁTICOS
AUTORIZA A JORGE GONZÁLEZ
GONZÁLEZ PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2021-578
FECHA: 07/10/2021
VISTO: Lo solicitado por Jorge
González González, mediante ingreso electrónico Subpesca E-PINV-2021-184,
de fecha 08 de mayo de 2021; lo informado por la División de Administración
Pesquera de esta Subsecretaría, en Informe Técnico N° E-2021-381, de fecha
08 de septiembre de 2021; los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto
“CAPTURA DE ORGANISMOS ACUÁTICOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DE LA EXPOSICIÓN PLANETA AGUA: ENTRE RÍOS Y FIORDOS”,
elaborados por la peticionaria y aprobados por esta Subsecretaría; las Leyes N°
19.880 y N° 21.358; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus
modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el
D.S. Nº 430, de 1991, el D.F.L. Nº 5, de 1983, el D.S. Nº 461, de 1995, el
Decreto Exento N° 878, de 2011, todos del actual Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo.
C O N S I D E R A N D O:
Que Jorge González González,
mediante ingreso electrónico citado en Visto, presentó una solicitud para
desarrollar una pesca de investigación conforme los Términos Técnicos de
Referencia del Proyecto denominado “CAPTURA DE ORGANISMOS
ACUÁTICOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA EXPOSICIÓN PLANETA
AGUA: ENTRE RÍOS Y FIORDOS”.
Que, mediante Informe Técnico citado
en Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa
que las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de
investigación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° Nº 29 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro,
cuya finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento
científico, para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
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