Res.Ex. N° E-2021-253 - 03.05.2021 Autoriza a Esturiones Andes-Chile S.A. para realizar pesca de investigación que indica
Número de resolución | E-2021-253 |
Fecha de publicación | 11 Mayo 2021 |
Fecha | 03 Mayo 2021 |
Municipio | Metropolitana de Santiago |
Materia | Pesca Artesanal,Pesquerías |
Verificación del Documento:
Id del Documento: 6564
Código de verificación: 60518132202
Verificar validez en https://tramites.subpesca.cl/wf-tramites/public/documentos/validar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
FOMENTO Y TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
PINV E-2021-152 LÍNEA DE BASE
LIMNOLÓGICO
AUTORIZA A ESTURIONES ANDES-
CHILE S.A. PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA.
VALPARAÍSO,
R. EX. Nº E-2021-253
FECHA: 03/05/2021
VISTO: Lo solicitado por Esturiones
Andes-Chile S.A., mediante ingreso electrónico Subpesca E-PINV-2021-021, de
fecha 18 de enero de 2021; lo informado por la División de Administración
Pesquera de esta Subsecretaría, en Informe Técnico N° E-2021-152, de fecha
14 de abril de 2021; los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto “Línea
Base Limnológica para la obtención de material biológico para el
desarrollo de ensayos de cohabitación con Esturión Baerii de primera
importación, Región Metropolitana”, elaborados por la peticionaria y
aprobados por esta Subsecretaría; la Ley Nº 19.880; la Ley General de Pesca y
Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, el D.F.L. Nº 5 de 1983, el
D.S. Nº 461 de 1995, el Decreto Exento N° 878 de 2011, todos del actual
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la Resolución Exenta N° 332 de
2011, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
C O N S I D E R A N D O:
Que Esturiones Andes-Chile S.A.,
ingresó mediante carta citada en Visto, una solicitud para desarrollar una pesca
de investigación conforme los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto
denominado “Línea Base Limnológica para la obtención de material
biológico para el desarrollo de ensayos de cohabitación con Esturión
Baerii de primera importación, Región Metropolitana”.
Que mediante Informe Técnico, citado
en Visto, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría, informa
que las actividades planteadas en la solicitud califican como pesca de
investigación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° Nº 29 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura, por cuanto es una actividad extractiva sin fines de lucro,
cuya finalidad es obtener datos e información para generar conocimiento
científico, para proteger la biodiversidad y el patrimonio sanitario del país.
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