Resolución núm. 257 EXENTA, publicada el 07 de Septiembre de 2012. ESTABLECE REQUISITOS DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DE FLOTA DE LOS SERVICIOS URBANOS DEL GRAN CONCEPCIÓN QUE SE PRESTAN CONFORME A LA RESOLUCIÓN N° 2.246 EXENTA, DE 2005 - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469192026

Resolución núm. 257 EXENTA, publicada el 07 de Septiembre de 2012. ESTABLECE REQUISITOS DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DE FLOTA DE LOS SERVICIOS URBANOS DEL GRAN CONCEPCIÓN QUE SE PRESTAN CONFORME A LA RESOLUCIÓN N° 2.246 EXENTA, DE 2005

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REQUISITOS DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DE FLOTA DE LOS SERVICIOS URBANOS DEL GRAN CONCEPCIÓN QUE SE PRESTAN CONFORME A LA RESOLUCIÓN N° 2.246 EXENTA, DE 2005

Núm. 257 exenta.- Concepción, 13 de agosto de 2012.- Visto: Lo dispuesto en el DS N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución exenta N° 2.246, de 2005 y el artículo 3°, letra b), de la resolución exenta N° 3.156, de 28 de octubre de 2011, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando:

  1. Que, el artículo 3° letra b, de la resolución exenta N° 3.156, de 28 de octubre de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones incorporó el siguiente punto 2.7 a la resolución exenta N° 2.246, de 2005, "2.7 Sistema de información de flota: Los vehículos que integren las flotas de buses o que se integren a ellas deberán estar equipados con un conjunto de elementos tecnológicos, en adelante Sistema de Información y Gestión de Flota (SIGF), el que deberá incluir un sistema de posicionamiento global (GPS), orientado a capturar, procesar, registrar y transmitir la información relacionada con la operación de la flota a un servidor de datos central, al cual siempre tendrá acceso ilimitado o sin restricciones el Ministerio o la Secretaría Regional respecto a los datos almacenados. Los antecedentes que de éstos se obtengan, contribuirán al control, planificación, orientación de la actividad de fiscalización y la mejora continua del servicio de transporte público, resguardando la seguridad e integridad de dicha información.", y

  2. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 31, letra b), de la resolución exenta N°3.156, de 2011, citada, tanto el plazo para el inicio de la exigencia del SIGF y GPS, y diversos aspectos vinculados a estos elementos tecnológicos, serán determinados mediante resolución de esta Secretaría Regional.

Resuelvo:

Artículo 1°

Los servicios regidos por la resolución exenta N° 2.246, de 2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes y sus modificaciones posteriores, deberán cumplir con las siguientes especificaciones relativa a un sistema de información de flota.

A.- Los buses deberán estar equipados con un conjunto de elementos tecnológicos, en adelante, Sistema de Información y Gestión de Flota (SIGF), orientados a capturar, procesar, registrar y transmitir información de la operación de los buses de la flota a un servidor central.

B.- Dicho equipamiento deberá estar constituido por los subsistemas que a continuación...

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