Resolución núm. 257 EXENTA, publicada el 07 de Septiembre de 2012. ESTABLECE REQUISITOS DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DE FLOTA DE LOS SERVICIOS URBANOS DEL GRAN CONCEPCIÓN QUE SE PRESTAN CONFORME A LA RESOLUCIÓN N° 2.246 EXENTA, DE 2005
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE REQUISITOS DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DE FLOTA DE LOS SERVICIOS URBANOS DEL GRAN CONCEPCIÓN QUE SE PRESTAN CONFORME A LA RESOLUCIÓN N° 2.246 EXENTA, DE 2005
Núm. 257 exenta.- Concepción, 13 de agosto de 2012.- Visto: Lo dispuesto en el DS N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución exenta N° 2.246, de 2005 y el artículo 3°, letra b), de la resolución exenta N° 3.156, de 28 de octubre de 2011, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
-
Que, el artículo 3° letra b, de la resolución exenta N° 3.156, de 28 de octubre de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones incorporó el siguiente punto 2.7 a la resolución exenta N° 2.246, de 2005, "2.7 Sistema de información de flota: Los vehículos que integren las flotas de buses o que se integren a ellas deberán estar equipados con un conjunto de elementos tecnológicos, en adelante Sistema de Información y Gestión de Flota (SIGF), el que deberá incluir un sistema de posicionamiento global (GPS), orientado a capturar, procesar, registrar y transmitir la información relacionada con la operación de la flota a un servidor de datos central, al cual siempre tendrá acceso ilimitado o sin restricciones el Ministerio o la Secretaría Regional respecto a los datos almacenados. Los antecedentes que de éstos se obtengan, contribuirán al control, planificación, orientación de la actividad de fiscalización y la mejora continua del servicio de transporte público, resguardando la seguridad e integridad de dicha información.", y
-
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 31, letra b), de la resolución exenta N°3.156, de 2011, citada, tanto el plazo para el inicio de la exigencia del SIGF y GPS, y diversos aspectos vinculados a estos elementos tecnológicos, serán determinados mediante resolución de esta Secretaría Regional.
Resuelvo:
Los servicios regidos por la resolución exenta N° 2.246, de 2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes y sus modificaciones posteriores, deberán cumplir con las siguientes especificaciones relativa a un sistema de información de flota.
A.- Los buses deberán estar equipados con un conjunto de elementos tecnológicos, en adelante, Sistema de Información y Gestión de Flota (SIGF), orientados a capturar, procesar, registrar y transmitir información de la operación de los buses de la flota a un servidor central.
B.- Dicho equipamiento deberá estar constituido por los subsistemas que a continuación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba