Repatriación de peruanos y reciprocidad - 25 de Julio de 2012 - El Mercurio - Noticias - VLEX 390206518

Repatriación de peruanos y reciprocidad

Avanza el proceso de repatriación de 271 presos de nacionalidad peruana, que ya es inminente. Esta iniciativa nació en el marco de un plan de esa cartera para enfrentar el problema de hacinamiento de las cárceles, y uno de los ejes que se identificaron fue promover por vía legislativa esta repatriación de extranjeros. Así, en abril de 2012 fue aprobada la llamada Ley de Indulto Conmutativo General, que autoriza esta figura en conformidad con el ar- tículo 63 de la Constitución, que exige ley cuando el indulto no es particular.

Técnicamente, la ley no dispone una "repatriación", sino una conmutación de la pena de ciertos extranjeros que cumplen su condena en cárceles chilenas: se autoriza a que el Ejecutivo, mediante el indulto general en este caso, sustituya la pena que se está actualmente sirviendo por otra, llamada extrañamiento o expulsión del territorio nacional. Tras diversas indicaciones del Presidente de la República, la ley admite la postulación de un total de mil 65 extranjeros internos en penitenciarías chilenas, entre ellos 587 bolivianos y 370 peruanos. Los requisitos de la ley parecen bien diseñados para una aplicación inteligente del indulto. Se excluyen del beneficio los condenados por delitos objetivamente graves y que repugnarían el perdón institucional: presidio perpetuo y perpetuo calificado; delitos terroristas; homicidio, simple y calificado; parricidio, abusos de menores y otros de análoga...

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