Decreto núm. 108, publicado el 29 de Enero de 2014. PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL FRONTERIZO INTEGRADO EN EL PASO ICALMA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL FRONTERIZO INTEGRADO EN EL PASO ICALMA
Núm. 108.- Santiago, 13 de septiembre de 2013.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que por Cambio de Notas, efectuado en Santiago y Buenos Aires, el 23 de agosto de 2013, la República de Chile y la República Argentina adoptaron el Acuerdo sobre el Establecimiento y Funcionamiento del Control Fronterizo Integrado en el Paso Icalma.
Que dicho Acuerdo fue adoptado en virtud del artículo 6 del Tratado sobre Controles Integrados de Frontera entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito el 8 de agosto de 1997, y publicado en el Diario Oficial de 4 de junio de 2001.
Que, de conformidad con lo indicado en el penúltimo párrafo de las Notas que constituyen el referido Acuerdo, éste entró en vigor el 23 de agosto de 2013.
Decreto:
Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y la República Argentina sobre el Establecimiento y Funcionamiento del Control Fronterizo Integrado en el Paso Icalma, adoptado en Santiago y Buenos Aires, por Cambio de Notas, de fecha 23 de agosto de 2013; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
Buenos Aires, 23 de agosto de 2013
Señor Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en relación al "Tratado entre la República Argentina y la República de Chile sobre Controles Integrados de Frontera", celebrado el 8 de agosto de 1997, en adelante el "Tratado", en el marco de la estrecha cooperación fronteriza e integración entre ambos países.
Deseo referirme, asimismo, al "Reglamento del Tratado entre la República Argentina y la República de Chile sobre Controles Integrados de Frontera", suscrito el 2 de mayo de 2002, en adelante el "Reglamento"; así como a las Actas de las II y III Reuniones del Comité Técnico sobre Controles Integrados de Frontera Argentina-Chile, celebradas el 26 de julio de 2011, en la ciudad de Buenos Aires, y el 25 de septiembre de 2012, en la...
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