Decreto núm. 205, publicado el 12 de Septiembre de 2014. PROMULGA EL ACUERDO CON EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR DE BANGLADESH SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO CON EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR DE BANGLADESH SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES
Núm. 205.- Santiago, 9 de julio de 2014.
Vistos: Los artículos 32, Nº 15 y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 28 de julio de 2011, el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular de Bangladesh, suscribieron, en Santiago, el Acuerdo sobre Exención del Requisito de Visa para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales.
Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 10.550, de 3 de enero, de 2013, de la Cámara de Diputados.
Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 8, del referido Acuerdo, y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 28 de agosto de 2014.
Decreto:
Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular de Bangladesh sobre Exención del Requisito de Visa para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, suscrito en Santiago, el 28 de julio de 2011; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR DE BANGLADESH SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular de Bangladesh, en adelante denominados las "Partes",
Deseando fortalecer los lazos de amistad entre los dos Estados,
Han acordado lo siguiente :
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Los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales válidos de la República de Chile podrán ingresar al territorio de la República Popular de Bangladesh y permanecer allí por un período no superior a noventa (90) días sin necesidad de obtener visa. Este período podrá ser renovado por un período adicional por las autoridades competentes de la República Popular de Bangladesh.
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Los titulares de pasaportes...
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