Decreto núm. 161, publicado el 21 de Marzo de 1960. DECLARA EN REORGANIZACION Y FIJA LAS PLANTAS DE FUNCIONARIOS DE LA SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497658634

Decreto núm. 161, publicado el 21 de Marzo de 1960. DECLARA EN REORGANIZACION Y FIJA LAS PLANTAS DE FUNCIONARIOS DE LA SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

Publicado enBoletín de Leyes y Decretos de Gobierno
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECLARA EN REORGANIZACION Y FIJA LAS PLANTAS DE FUNCIONARIOS DE LA SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

Núm.161 - Santiago, 5 de Marzo de 1960.- Considerando:

  1. o Que la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior, necesita de una nueva y más adecuada estructura organizativa para desarrollar eficientemente la labor de programación y coordinación de los Servicios que de ella dependen de acuerdo a la política que al respecto imparta el Presidente de la República.

  2. o Y vistas las facultades que me otorga el artículo 202 de la ley N.o 13.305, publicada en el "Diario Oficial" de 6 de Abril de 1959, vengo en dictar el siguiente.

Decreto con fuerza de ley:

Artículo l.o Traspásanse los dos cargos de "Jefes de Sección 4a, Categoría" y los dos cargos de "Oficiales 5a. Categoría", a que se refieren los artículos 3.o de la ley N.o 6.485 y 5.o del decreto con fuerza de ley N.o 334 de 1953, y que se consultan en la Planta de Carabineros de Chile, a la planta de la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior.

Artículo 2

o Declárase en reorganización, en los términos del artículo 202 de la ley N.o 13,305, la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior. En consecuencia de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 4.o, del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 1953, el personal de dicha Secretaría quedará en calidad de interino.

Artículo 3

o Fíjanse las siguientes Plantas de funcionarios de la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior y remuneraciones anuales correspondientes:

Artículo 4

o Decláranse directivos los cargos de "Jefe Administrativo y de Gobierno Interior", de "Inspector Visitador", de "Jefe Departamento Extranjería" y de "Jefe Sección Confidencial", individualizados en el artículo anterior.

Artículo 5

o Los funcionarios en actual servicio, que fueren encasillados en algunos de los cargos a que se refiere el artículo 3.o y que estuvieren gozando de remuneraciones superiores a las fijadas en él, percibirán las diferencias por planilla suplementaria.

Artículo 6

o Los cargos establecidos en las plantas a que refiere el artículo 2.o tendrán, como única remuneración, las asignadas en dicho artículo.

No obstante, el personal que fuere encasillado en alguno de dichos empleos, tendrá derecho a percibir, además de la diferencia por planilla...

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