Rentas vitalicias: TC acoge tres requerimientos de dos aseguradoras y rechaza los de otras dos
Tres requerimientos de inaplicabilidad interpuestos por las aseguradoras Bice Vida y Penta Vida, por el retiro único de rentas vitalicias que fue aprobado en el Congreso, fueron acogidos ayer en el Tribunal Constitucional (TC) por seis votos contra cuatro.Así, se declararon inaplicables del artículo único de la Ley N° 21.330, que modifica la Carta Fundamental, tres incisos: el decimosegundo, decimotercero y decimocuarto, que regulan el mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales y anticipo de rentas vitalicias.Distinta suerte tuvieron otros dos requerimientos presentados por Renta Nacional y uno por 4Life. Ello, debido a que se produjo un empate en la votación de los ministros de cinco votos contra cinco. En esta determinación influyó la votación del magistrado Nelson Pozo, quien solo acogió tres de los seis.Según explicó el ministro en su deliberación, solo en tres requerimientos de dos aseguradoras se acreditó con informes que este adelanto de las rentas vitalicias podría haber producido un perjuicio para ellos y que se habría visto afectado el derecho de propiedad que reclamaban.Efecto: ¿Restitución de dineros por parte del Estado?Una vez que se conozca la sentencia del TC, estos casos deberán ser resueltos por los jueces de fondo: la Corte de Apelaciones de Santiago, en donde estas compañías presentaron recursos de ilegalidad en contra de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). El objetivo de los reclamos es que la Circular Nº 1.208 de la CMF, con las instrucciones para el pago de anticipos, sea declarada ilegal, por una supuesta serie de faltas del regulador y por desconocer la intangibilidad del contrato, lo que implicaría una infracción de las garantías constitucionales.Como las personas ya recibieron los adelantos de sus rentas vitalicias, lo decidido por el TC no implicaría una devolución de estos fondos. Lo que se deberá debatir ahora es si al ser inaplicables algunos artículos por ser inconstitucionales, el Estado deberá restituir las platas por el perjuicio a las aseguradoras.Argumentos del TCEstuvieron por acoger todas las inaplicabilidades los ministros Iván Aróstica, María Luisa Brahm, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Fernández. Los disidentes son el presidente del tribunal, Juan José Romero; Gonzalo García, María Pía Silva y Rodrigo Pica. Pozo, en tanto, votó tres por acoger y tres por rechazar.La mayoría consideró que la disposición impugnada sí tiene rango de ley...
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