RENTAS SAN GABRIEL LIMITADA - 13 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852220177

RENTAS SAN GABRIEL LIMITADA

Fecha de publicación13 Octubre 2020
Número de registroCVE-1829740
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.778
CVE 1829740 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.778 | Martes 13 de Octubre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1829740
EXTRACTO
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de
Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, Santiago, certifico que, por
escritura pública otorgada con fecha 14 de agosto de 2020, ante mí, comparecen: don JUAN
RAFAEL BASCOPÉ GOLDSACK, chileno, soltero, factor de comercio, domicilio Av Jorge
Alessandri N°20.191, San Bernardo; y doña ANDREA ALEXANDRA VIVANCO HUBERT,
chilena, divorciada, factor de comercio, domicilio camino Cervera sin número, Parcela 92,
Linderos, modificaron la sociedad “INMOBILIARIA SAN ANDRES LIMITADA”, RUT
N°99.541.340-k; inscrita a fojas 161 vuelta, número 158 del Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, correspondiente al año 2003, en la siguiente
forma: I.- División. Acuerdan que la sociedad “INMOBILIARIA SAN ANDRES LIMITADA”,
se divida en 2 compañías, una de las cuales será la continuadora legal de la actual, con su misma
razón social y personalidad jurídica; y una 2ª sociedad Limitada, que nacerá de la división de la
actual sociedad y girará bajo la razón social “RENTAS SAN GABRIEL LIMITADA”, con el
objeto, capital y demás elementos de la esencia, de la naturaleza y accidentales que se pactan en
su estatuto. La división producirá efecto a partir del 01/08/2020.- II.- Modificación. Por efecto y
a consecuencia de la división, los actuales y únicos accionistas modifican el estatuto social de
“INMOBILIARIA SAN ANDRES LIMITADA”, específicamente el artículo quinto, referente al
capital y los aportes, cuyos textos se sustituyen íntegramente por los siguientes: “ARTÍCULO
QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ciento noventa y cuatro mil seiscientos un
pesos, el cual, ya se encuentra completamente pagado por los socios con anterioridad a esta fecha
en las siguientes cantidades y proporciones: a) por el socio JUAN RAFAEL BASCOPÉ
GOLDSACK la suma de ciento setenta y cinco mil ciento cuarenta y un pesos, equivalente al
noventa por ciento del haber social; y, b) por la socia doña ANDREA ALEXANDRA
VIVANCO HUBERT la suma de diecinueve mil cuatrocientos sesenta pesos, equivalentes al
diez por ciento del haber social.-“. III.- Estatutos de la naciente. Se aprueban los estatutos de la
sociedad Limitada constituida con motivo de la división, por los accionistas don JUAN RAFAEL
BASCOPÉ GOLDSACK y doña ANDREA ALEXANDRA VIVANCO HUBERT, los que a
continuación se extractan: Razón Social: “RENTAS SAN GABRIEL LIMITADA", nombre de
fantasía “RENTAS SAN GABRIEL LIMITADA". Domicilio: Será la comuna de San Bernardo,
sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero.
Duración: La sociedad principiara el 14 de agosto de 2020 y tendrá una duración indefinida. -
Objeto: El objeto de la sociedad será la venta de terrenos o lotes no urbanos o agrícolas; y en
general, cualquier otra actividad que acuerden los socios, que diga relación con el objeto social
antes señalado. Capital: $805.399.-, aportados y enterados íntegramente por los socios en las
siguientes proporciones: don JUAN RAFAEL BASCOPÉ GOLDSACK, con un noventa por
ciento del capital social; y doña ANDREA ALEXANDRA VIVANCO HUBERT, con un diez
por ciento del capital social. Administración: La representación y administración: La
administración y uso de la razón social corresponderá a don JUAN RAFAEL BASCOPÉ
GOLDSACK, quien anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias
facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de Octubre de 2020.

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