Rentas Hoteleras Calama SpA
Fecha de publicación | 30 Diciembre 2021 |
Número de registro | CVE-2064795 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 43.140 |
CVE 2064795 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.140 | Jueves 30 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2064795
EXTRACTO
Juan Ricardo San Martin Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima
Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de
Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2021, ante mí, se redujo
acta de Juanta Extraordinaria de accionistas de fecha 24 de diciembre de 2021, RENTAS
HOTELERAS CALAMA SpA, RUT N° 76.435.842-2, en la cual se acordaron diversas
modificaciones. Las modificaciones vinieron a realizar lo siguiente: (a) Modificación del artículo
tercero de los estatutos sociales relativo al objeto social: La junta por unanimidad acordó
modificar el artículo tercero de los estatutos sociales según la siguiente redacción: “ARTÍCULO
TERCERO: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las
siguientes actividades: /i/ La prestación de servicios de asesoría y consultoría a personas
naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, sean o no relacionadas, en materias inmobiliarias,
de gestión, administración, finanzas, contabilidad, auditoria y marketing; /ii/ la prestación de
servicios a personas, empresas constructoras, industria y al comercio, sean personas naturales o
jurídicas, compañías y empresas unipersonales, especialmente en el área de la construcción, en la
terminación y mantención integral de obras civiles, la construcción y mantenimiento de piscinas
y jardines; /iii/ el corretaje de bienes raíces, urbanos o rurales; /iv/ inversiones en bienes muebles
e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas o sociedades por
acciones, derecho en otras sociedades, bonos, pagarés, títulos de crédito y efectos de comercio y
demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos. Para el
cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y
tomar en arrendamiento con o sin opción de compra y otras formas de cesión temporal, toda
clase de bienes, raíces, amoblados o no, o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con
hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, contratar, adquirir y enajenar y suscribir toda
clase de créditos, deuda, títulos de crédito y/o efectos de comercio; celebrar toda clase de
contratos y, en especial, de sociedad, pudiendo desde luego participar en sociedades ya
existentes, constituir sociedades y adquirir acciones o derechos en ellas; y, en general, ejecutar
todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su
objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad En todo lo no modificado por
este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social.
Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a
portador de extracto para legalización. Santiago, 27 de diciembre de 2021.-
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