Renta Nacional Compañía de Seguros de Vida S.A. - Andrew - 1 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 911733511

Renta Nacional Compañía de Seguros de Vida S.A. - Andrew

Fecha de publicación01 Octubre 2022
Número de registroCVE-2191100
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.366
CVE 2191100 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.366 | Sábado 1 de Octubre de 2022 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2191100
NOTIFICACIÓN
Tercer Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409, 17° piso, en causa Rol C-2028-2021,
“Renta Nacional Compañía de Seguros de Vida S.A., con Andrew”, por resolución de fecha 10
de mayo de 2022, se ordenó notificar la demanda y proveídos al demandado de autos, mediante
tres avisos publicarse diario El Mercurio esta ciudad, sin perjuicio de la correspondiente
publicación Diario Oficial, según el siguiente tenor: Comparece don Ricardo López Vyhmeister,
abogado, mandatario judicial y representación convencional Renta Nacional Compañía de
Seguros de Vida S.A., sociedad del giro de su denominación, domiciliada Juan de Valiente N°
3630, piso 7, comuna de Vitacura, a S.S. respetuosamente digo: En representación que invisto,
deduce demanda de requerimiento de la Ley de Bancos en contra de don Maglio Sebastián
Andrew Coppelli, cédula nacional identidad N° 17.615.020-3, ingeniero en defensa, domiciliado
calle Manuel Plaza N° 2995, departamento 1502, Edificio o Torre Dos del Condominio “Mirador
de Playa Brava II”, y en calle Casino de Oficiales Cancha Arturo Prat N° 2740, ambas de la
comuna y ciudad de Iquique, en virtud siguientes consideraciones. I.- Señala que por escritura
pública de 18 octubre 2018, Notaría Néstor Araya Blazina, la sociedad Mutuos Hipotecarios
Renta Nacional S.A., dio mutuo al demandado suma de 2.146,44 Unidades de Fomento que se
pagaría por dividendos mensuales, vencidos y sucesivos en 360 cuotas mensuales, que
comprenderían capital e intereses. La tasa de interés real, anual y vencida que devengaba el
mutuo era de un 3,50% anual, pagadero conjuntamente con cada cuota. Clausula novena, las
partes establecieron que, en evento que deudor no pagara dentro de plazo acordado, se devengará
un interés penal igual al máximo convencional que la Ley permite estipular para operaciones de
crédito de dinero en moneda reajustable. Clausula décimo séptima en caso de retraso del pago
por el deudor en cualquier dividendo por más de 10 días corridos, la deuda se considerará de
plazo vencido, facultando a acreedor exigir monto total de deuda. Clausula décimo primera, don
Maglio Sebastián Andrew Coppelli, a fin de garantizar Mutuos Hipotecarios Renta Nacional
S.A., cumplimiento exacto íntegro y oportuno de todas las obligaciones que se establecen en
contrato, constituyó hipoteca sobre los inmuebles correspondientes al departamento N° 1502 del
décimo quinto piso, la bodega N° 199 del tercer piso, todos del Edificio o Torre Dos del
Condominio “Mirador de Playa Brava II”, con acceso particular por calle Manuel Plaza N° 2995,
comuna de Iquique, la cual se encuentra inscrita a fojas 242 Vuelta N° 274 en el Registro de
Hipotecas y Gravámenes del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Iquique. El contrato
de compraventa, mutuo endosable e hipoteca fue endosado a favor de Renta Nacional Compañía
de Seguros de Vida S.A. La deudora no ha dado cumplimiento a su obligación de pagar los
dividendos correspondientes al mes de mayo de 2020 en adelante, adeudando por tal concepto al
día 17 de febrero de 2021 la cantidad de UF 102,6266.- por los dividendos de mayo de 2020 a
febrero de 2021, más intereses. II.- Expresa que obligaciones singularizadas numeral anterior
consta en escritura pública, razón por la cual instrumentos tienen mérito ejecutivo, y siendo
obligaciones líquidas, actualmente exigibles y encontrándose acción ejecutiva vigente procede se
despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del demandado. Por tanto, en mérito
de disposiciones que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Maglio
Sebastián Andrew Copelli, admitirla a tramitación y despachar mandamiento de ejecución y
embargo en su contra por los dividendos impagos y los que se devenguen hasta la fecha del pago
efectivo, más intereses pactados, que al día 17 de febrero de 2021 ascendían a 102,6266.-
Unidades de Fomento por concepto de dividendos impagos, por los meses de mayo de 2020 a
febrero de 2021, que a la misma fecha equivalen a la suma de $2.997.439.-, más los intereses de
mora y las primas de seguro contratadas, bajo apercibimiento de que así no le hiciere se solicitará
el remate de los inmuebles hipotecados para pagar con el producto todos los dividendos impagos
y los que se devenguen durante el juicio, más el saldo insoluto de la obligación, con sus intereses
y primas del seguro, ascendentes al día 17 de febrero de 2021 a la cantidad de 2.050,8268.-
Unidades de Fomento que a la misma fecha equivalen a la suma de $59.898.970.-, con costas. En

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