Renta - Actual Ley sobre Impuesto a la - Art. 14º, Letra A), Nº 1, Letra c). , Julio 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 542242062

Renta - Actual Ley sobre Impuesto a la - Art. 14º, Letra A), Nº 1, Letra c). , Julio 1999

Fecha de Resolución11 de Agosto de 1999

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RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 14, letra A), Nº1, LETRA c)

Retiro por socios desde una sociedad con FUT positivo de bienes raíces de su activo fijo para pagar acciones de una sociedad anónima cerrada que se constituye – Tributación personal por rentas o utilidades de empresas con contabilidad completa se aplica al tiempo del retiro o distribución – Excepción: reinversión en otras empresas obligadas a determinar renta efectiva por contabilidad completa – Impuesto Global Complementario o Adicional se paga al momento del retiro o distribución por sociedad receptora – Requisitos y plazo para que opere la excepción – Información a sociedad receptora del no pago del impuesto y crédito por primera categoría – Información por sociedad receptora al Servicio de Impuestos Internos – Retiros de utilidades tributables para reinvertir pueden consistir en cualquier valor o especie de significación pecuniaria (valores o bienes) – Requisitos legales (Circular Nº 60, de 1990 y 70, de 1998) – Retiro de bienes por valor tributario registrado en la contabilidad de la sociedad fuente – Mayor valor renta tributable.

  1. - Se ha recibido en este Servicio su presentación indicada en el antecedente, por medio de la cual solicita se le de respuesta a algunas consultas relacionadas con la aplicación de las normas contenidas en la letra c) del Nº 1 de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. En relación con lo anterior señala que las sociedades "X compañía Ltda." y "XX Compañía Ltda.", ambas son contribuyentes del impuesto de Primera Categoría sobre la base de renta efectiva y contabilidad completa y poseen sustanciales remanentes de Fondo de Utilidades Tributables. En el activo fijo de ambas sociedades existen registrados bienes raíces y los socios desean retirar los referidos bienes para pagar acciones de una sociedad anónima cerrada que ellos constituirían durante el presente ejercicio. El retiro de los bienes se realizaría por la vía de la reinversión, esto es, con ellos se pagarían las acciones de la sociedad anónima cerrada que se constituiría.

    En virtud de lo antes expuesto consulta lo siguiente:

  2. - Sobre el particular, cabe señalar en primer término, que conforme a lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley de la Renta, la tributación personal por las rentas o utilidades generadas por las empresas que determinen su renta efectiva mediante contabilidad completa, se aplica cuando éstas son retiradas o...

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