Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 59°, N° 2, Art. 74°, N° 4 – Decreto Ley 825, de 1974, Art. 12°, Letra E), N° 7. - Doctrina Administrativa - VLEX 524800514

Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 59°, N° 2, Art. 74°, N° 4 – Decreto Ley 825, de 1974, Art. 12°, Letra E), N° 7.

Fecha de Resolución18 de Julio de 2005

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 59°, N°2, ART. 74°, N°4 – DECRETO LEY 825, DE 1974, ART. 12°, LETRA E), N°7. (ORD. N° 2.591, DE 18.07.2005)

Tributación aplicable a la Adquisición de un Sistema Informático en el Exterior, conforme a lo dispuesto por el N° 2, del Artículo 59°, de la Ley de la Renta

  1. - Por Ordinario indicado en el antecedente, se expresa que esa Dirección Nacional ha estimado necesario efectuar una consulta a este Servicio, en relación con la adquisición de un Sistema Informático que, por tratarse de una operación de carácter no habitual del Servicio, ha generado algunas interrogantes, especialmente en lo que dice relación con los procedimientos tributarios que se deben observar.

    Agrega, que en la especie, la naturaleza jurídica de la operación es la de un contrato de ingeniería o asesoría técnica, cuyo objeto consiste en un completo sistema automatizado de identificación de personas, el que se ha adquirido a una empresa Italiana, que no tiene domicilio ni residencia registrada en el país.

    Expresa, que la adquisición se realizó a través de un trato directo, en atención a que, por una parte, el sistema que se adquiría debe reunir características de compatibilidad con otros en actual aplicación en organismos con los cuales esa institución se relaciona, particularmente, la YYYYYY, a efectos de que ellos sean concordantes y respondan a similares criterios técnicos y, por otro lado, se ha atendido a la complejidad, magnitud y especialidad del sistema, que requieren contratar a un proveedor determinado para asegurar el cumplimiento de los objetivos tenidos a la vista, así como evitar la excesiva difusión del proyecto, en atención a razones de seguridad involucradas en la operación.

    Por otra parte, agrega, que sin perjuicio de los condicionamientos generales a que se alude en el párrafo precedente, se estableció entre las partes que el sistema informático debía satisfacer una serie de requerimientos técnicos especiales, otorgándole de esta manera una especificidad tal que hacen que el Sistema de Identificación solamente pueda ser utilizado por ZZZZZ para sus fines propios, cual es la completa identificación y control de las personas privadas de libertad sometidas a su guarda. Estos requerimientos específicos dicen relación con: Funcionalidad de Registro de Ingreso, Funcionalidad de Registro de Salidas con Retorno, Servicio de Autentificación, Servicio de Consultas y Emisión de Informes, Conectividad AFIS, mecanismo de...

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