Rendición de cuentas en el procedimiento concursal - Rendición de cuentas en el procedimiento concursal - Procedimientos Concursales. 2023 - Libros y Revistas - VLEX 933149192

Rendición de cuentas en el procedimiento concursal

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Páginas399-404
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES 󰜔 PRÁCTICA FORENSE
399
Capítulo IV
RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL PROCEDIMIENTO
CONCURSAL
GENERALIDADES.
La rendición de cuenta es un proceso previo a la dictación de
resolución de término que deberá dictarse en su oportunidad por el
juez, una vez efectuados los repartos por el liquidador.
Esta materia esta establecida en el art.46 y Ss., de la Ley del
ramo, pero por un carácter de ordenamiento académico y de
tramitación en los procedimientos y tratando de seguir un orden
consecutivo legal, se inserta en este capítulo.
También esta materia se complementa con la Norma de
Carácter General N°7 dictada por la Superintendencia de Insolvencia
y Reemprendimiento de fecha 8 de Octubre de 2014.
CONCEPTO.
Pliego o papel en que está escrita alguna razón compuesta de
varias partidas, que al fin se suman o re stan.
Esta es la 3ª acepción que da el Diccionario de la Real
Academia Española, concepto que esta en relación con los efectos
matemáticos que ella representa.
CLASIFICACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS.
Obviamente que de la ley fluye ésta, que puede ser de dos
maneras o formas:
1.- CUENTA PROVISORIA. Las cuentas provisorias son aquellas
que deben contemplar todo el movimiento del Procedimiento
Concursal de Liquidación a la fecha de su corte contable, incluyendo
un desglose detallado de los ingresos y gastos realizados durante el
último mes.
2.- CUENTA DEFINITIVA. Es aquella rendición de cuentas de su
gestión que debe efectuar tanto el Veedor como el Liquidador en la
oportunidad prevista en la ley, ante el tribunal, en la que deberá
observarse la normativa contable, tributaria y financiera aplicable, así
como la de esta ley (Art.2 N°11).

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