Resolución núm. 3448 EXENTA, publicada el 08 de Mayo de 2012. LLAMADO EXTRAORDINARIO 2012 A POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR EL CAPÍTULO II DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES PARA LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA, TARAPACÁ, ANTOFAGASTA, ATACAMA, VALPARAÍSO, O'HIGGINS, MAULE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS Y METROPOLITANA. FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CADA REGIÓN - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469245622

Resolución núm. 3448 EXENTA, publicada el 08 de Mayo de 2012. LLAMADO EXTRAORDINARIO 2012 A POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR EL CAPÍTULO II DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES PARA LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA, TARAPACÁ, ANTOFAGASTA, ATACAMA, VALPARAÍSO, O'HIGGINS, MAULE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS Y METROPOLITANA. FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CADA REGIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMADO EXTRAORDINARIO 2012 A POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR EL CAPÍTULO II DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES PARA LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA, TARAPACÁ, ANTOFAGASTA, ATACAMA, VALPARAÍSO, O'HIGGINS, MAULE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS Y METROPOLITANA. FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CADA REGIÓN

Santiago, 2 de marzo de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 3.448 exenta.- Visto:

  1. La ley Nº 20.557, de Presupuesto del Sector Público para el año 2012.

  2. El decreto supremo Nº 255 (V. y U.), de 2006 y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar y en especial lo dispuesto en el inciso final del artículo 3º.

  3. La resolución exenta Nº 214 (V. y U.), de 2012, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2012.

  4. La circular Nº 2 (V. y U.), de 2012, que distribuye regionalmente el Programa Habitacional del año 2012.

  5. El Ordinario Nº 188, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, de 2012, que entrega lineamientos para la aplicación del Llamado Especial de Condominios Sociales 2012.

  6. La resolución exenta Nº 533 (V. y U.), de 1997, que fija Procedimiento para Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a Programas de Viviendas que indica, y deroga la resolución Nº 241 (V. y U.), de 1996.

  7. La resolución exenta Nº 7.080 (V. y U.), de 2008, que deroga resolución exenta Nº 4.545 (V. y U.) de 2007 y determina metodología para definir puntaje de corte para calificar a Programas Habitacionales que indica.

  8. La resolución exenta Nº 3.239 (V. y U.), de 2011, que llama a Postulación Especial para el Desarrollo de Proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar para el Acondicionamiento Térmico de Viviendas de las regiones del Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén, y fija el monto de recursos disponibles y su forma de distribución, y

    Considerando:

    1. La necesidad de atender a través del Programa de Protección de Patrimonio Familiar a condominios sociales que presenten un alto nivel de deterioro, como los recursos distribuidos mediante la Circular Nº 02 (V. y U.), de 2012.

    2. Que las intervenciones a realizar en los condominios configuran situaciones de extrema relevancia para este Ministerio, dicto la siguiente

    Resolución:

  9. Llámase a postulación extraordinaria, a las Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Valparaíso, O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana, para el otorgamiento de subsidios de los Títulos I y II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a proyectos de Equipamiento Comunitario y Mejoramiento del Entorno, de Mejoramiento de Bienes Comunes Edificados y Obras de Innovación de Eficiencia Energética y que cuenten con Certificado de Calificación hasta el último día hábil de los meses de septiembre, octubre, noviembre y hasta el día 20 diciembre de 2012. Se excluyen de este llamado los proyectos señalados en la letra b.1), b.2) y b.3), de la letra b) del artículo 5º del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.

  10. Exímese a los postulantes de este llamado de cumplir con los siguientes requisitos y condiciones del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.

    1. De los montos de subsidio señalados en los artículo 6° y 6° bis.

    2. De las exigencias de ahorro contenidas en el artículo 9° y en letra f) del artículo 16.

    3. De lo establecido en el artículo 46 letras a) y b).

    4. De lo señalado en el artículo 47 letras c) y d).

    5. De cumplir con lo señalado en el resuelvo sexto de la resolución exenta Nº 7.080 (V. y U.), de 2008, que determina la metodología para definir puntaje de corte para calificar programas habitacionales que allí se indican.

  11. Exímese al presente llamado de dar cumplimiento al plazo de publicación en el Diario...

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