Regulación de drones en Chile, norma dan 151 - Núm. 12-2015, Diciembre 2015 - Artículos de Derecho, Empresa y Tecnología - Libros y Revistas - VLEX 726245517

Regulación de drones en Chile, norma dan 151

AutorAndrés Pumarino Mendoza

Se nos acaba el año 2015 y pasada la navidad uno de los temas que hay que tener presente al momento de haber regalado o comprado un dron es saber cuál es el marco jurídico que los regula. Asi es como la DGCA (Dirección General Civil de Aeronautica) ha regulado esta materia. La norma establece que las personas o entidades que deseen operar un dron en el ámbito público deberán obtener una autorización de la DGAC.

Los interesados deberán registrar la aeronave, presentar una declaración jurada que certifique que el operador ha recibido instrucción, firmar una declaración de responsabilidad solidaria por si ocurre un accidente y pedir una solicitud de vuelo.

La normativa presentada como DAN 151 prohíbe que se acerquen a menos de dos kilómetros de aeropuertos o aeródromos los aparatos, impide el uso de aparatos de más de 6 kilos y hace obligatorio el uso de un paracaídas para evitar accidentes.

Los drones no podrán volar a una altura mayor de 130 metros ni a más de 500 metros de distancia del operador. No podrán ser utilizados de noche y tienen prohibido sobrevolar eventos masivos.

Las multas para quienes infrinjan la nueva normativa llegan hasta los $ 22 millones.

La norma fue definida como la DAN151 esta norma contiene aspectos tales como Características técnicas del RPAS que es aquella diseñada para operar sin un piloto a bordo, capaz de sustentarse en vuelo de acuerdo a sus formas aerodinámicas, pilotada a distancia por medios de control a través de sistemas...

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