Regula las tarifas, comisiones, y gastos que pueden establecer las entidades emisoras de tarjetas de crédito. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502619

Regula las tarifas, comisiones, y gastos que pueden establecer las entidades emisoras de tarjetas de crédito.

Fecha05 Septiembre 2007
Número de Iniciativa5322-03
Fecha de registro05 Septiembre 2007
EtapaArchivado
MateriaTARJETAS DE CRÉDITO
Autor de la iniciativaBianchi Chelech, Carlos, Escalona Medina, Camilo, García Ruminot, José, Gazmuri Mujica, Jaime, Kuschel Silva, Carlos Ignacio
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley
Existen ciertos tópicos en nuestra regulación legal de la banca que hasta el día de hoy no han sido abordados con determinación, como sí lo ha hecho la legislación comparada

PROYECTO DE LEY QUE REGULA EL COBRO DE COMISONES POR LOS SERVICOS RELACIONADOS AL USO DE TARJETAS DE CRÉDITO.




FUNDAMENTOS




Hasta el día de hoy, el tema de las tarjetas de crédito, no ha sido abordado en forma sistemática, por lo que impera en cuanto a éstas refiere, la autonomía privada y los principios generales del Derecho Civil y Comercial, lo que parece inapropiado, por la cantidad de abusos que se han generado, y sobretodo por el grado de incerteza jurídica que existe en la relación entre la institución emisora y el tenedor de la tarjeta o cliente.


Hace algunos meses, el Servicio Nacional del Consumidor, realizó un estudio para identificar el costo que deben pagar los consumidores por uso de tarjetas de crédito de casas comerciales. Para el financiamiento de una compra a crédito, los consumidores deben costear el dinero solicitado, los intereses, y los costos por la tenencia y uso de la tarjeta en cuestión.

El estudio, respecto a los intereses, reflejó que por un monto de cien mil pesos, el mercado ofrecía en su alternativa más económica, una tasa de interés de 2,65% mensual, por lo que el consumidor pagaría $18.050. Por su parte, el máximo en virtud de la Tasa de Interés Máxima Convencional (3,81% al 05 de diciembre de 2006), con cuya tasa pagaría $26.457 por concepto de intereses, lo que representa una diferencia de $8.407 o 46,6%.

Respecto al costo que un consumidor debe asumir por tener y usar una tarjeta para realizar esta compra, los actuales contratos de las casas comerciales, señalan que pueden llegar a cobrar por administración y/o mantención desde $7.080 hasta $643.007 en un año, dependiendo de factores como monto de las compras, tipo de transacciones realizadas, plazos de pago, entre otros, lo que significa una diferencia cercana al 9.000%.

Es importante recordar que estos cobros deben ser informados y aceptados por el consumidor a través de la firma del contrato, o con la aceptación de su posterior modificación, sin embargo, esto se efectúa en forma bastante ambigua, generando inestabilidad a sus usuarios.

Entre los valores por comisión fue posible apreciar importantes diferencias entre las empresas. Es así como si un consumidor decide financiar con este medio de pago un monto de $100.000 a 12 meses, pagarían sólo el uso de la tarjeta:

  • $7.080, si compra con una sola tarjeta y escoge una con las comisiones más baratas.

  • $73.689 si compra, los mismos $100 mil, con tres tarjetas distintas y opta por las de comisiones más caras.

Estos montos representan una diferencia de $66.609 o un 941% por el cobro de comisiones.


La regulación de las tarjetas de crédito se consagra particularmente en la Recopilación de Normas Financieras de la Superintendencia. También debemos mencionar otras normas aplicables, tal como la Ley Nº 18.010, sobre operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica, en cuanto establece límite a los intereses; y la Ley Nº 19.496, norma sobre la protección de los derechos de los consumidores, en cuanto regula la transparencia de la información que se debe entregar al público. Pese a la normativa antes citada las instituciones emisoras disponen en general de amplias libertades para fijar el monto de las comisiones que cobran por sus productos y servicios, con el consiguiente perjuicio y desmedro del tenedor de la tarjeta de crédito

Según el Banco Central, se entiende por tarjeta de crédito cualquiera tarjeta u otro documento, destinado a ser utilizado por su titular o usuario en la adquisición de bienes o en el pago de servicios, vendidos o prestados por establecimientos afiliados al correspondiente sistema; sin perjuicio de las prestaciones adicionales que se podrán otorgar al titular de la tarjeta. La doctrina las define señalando que se trata de un contrato mediante el cual una entidad crediticia (banco o institución financiera), persona jurídica, concede un crédito rotatorio de cuantía y plazos determinados, prorrogables indefinidamente a una persona natural con el fin de que ésta lo utilice en los establecimientos afiliados. Estas definiciones comprenden las dos funciones básicas de las tarjetas de crédito que son el otorgamiento de crédito y la satisfacción de órdenes de pago.

Según la publicación efectuada por el abogado y profesor de Derecho Comercial don Arturo Prado Puga, en la Revista Gaceta Jurídica, la clasificación más importante efectuada en la materia es la que distingue entre bancaria o acreditativa que emite un Banco o Sociedad Financiera...

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