Regula la exhibición y ejecución artística en los bienes nacionales de uso público. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914495677

Regula la exhibición y ejecución artística en los bienes nacionales de uso público.

Fecha05 Junio 2012
Número de Iniciativa8335-24
Fecha de registro05 Junio 2012
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Segundo informe de comisión de Educación y Cultura
MateriaBIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, EXHIBICIÓN ARTÍSTICA EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
MENSAJE














MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE REGULA LA EXHIBICIÓN Y EJECUCIÓN ARTISTICA EN LOS BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO.

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SANTIAGO, 02 de mayo de 2012.-







MENSAJE 46-360/









Honorable Cámara de Diputados:

A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CAMARA DE

DIPUTADOS.

Tengo el honor de someter a su consideración un proyecto de ley que tiene por objeto fomentar la creación e interpretación artística que se exhibe o ejecuta en bienes nacionales de uso público
  1. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA

Las distintas disciplinas artísticas que conforman la cultura popular y que se expresa a través de músicos, bailarines, cirqueros, actores, instrumentalizas, coros, elencos teatrales, mimos, titiriteros, volantineros, estatuas vivientes, payasos, artesanos y otros, son parte de un diálogo constante al interior de la sociedad, el cual da cuenta una y otra vez, que la cultura es algo vivo y que está en constante evolución y movimiento.

En ese contexto, resulta manifiesto que el artista popular es quien tiene una de las relaciones más directas con la realidad y el cotidiano de las personas, transformando a la expresión artística en un componente cercano y accesible, constituyendo un aporte relevante en el desenvolvimiento cultural de la sociedad.

Por ello, como Gobierno creemos necesario propiciar ciertas condiciones que permitan a los artistas populares hacer uso del espacio público con dignidad, ofreciendo una alternativa de solución al dilatado conflicto que han tenido con los administradores de los espacios públicos, a fin de lograr un equilibrio donde, el uso de dichos espacios permita una convivencia armónica y de mutuo beneficio entre el desarrollo de las distintas expresiones artísticas y todos los demás agentes de la sociedad.

Sobre el particular, cabe señalar como una medida relevante en pos del reconocimiento y valoración de los artistas urbanos, la firma de un Convenio de Colaboración Cultural entre el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, la Asociación Chilena de Municipalidades, Carabineros de Chile y ciertas agrupaciones representativas de artistas, mediante el cual se han buscado potenciar acciones concretas en favor del desarrollo de los artistas, que posibiliten un mayor y mejor acceso a los espacios públicos, donde puedan realizar sus actividades artísticas.

Reconocer y valorar el aporte que nuestros artistas populares realizan diariamente a nuestro país nos permite mirar nuestro espacio público con otros ojos: habrán más colores, sonidos y movimientos que continuarán siendo la expresión y huella de nuestra identidad nacional, haciendo más cercana la cultura y efectuando una importante contribución a nuestra memoria histórica.

  1. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

El proyecto de ley que se propone consagra, de manera no taxativa, las disciplinas artísticas que se desarrollan en bienes nacionales de uso público, denominando a sus cultores como artistas populares. Establece, a su vez, la obligación de las Municipalidades de dictar una ordenanza especial a fin de regular el funcionamiento y requisitos para la exhibición y ejecución de las actividades artísticas y culturales desarrolladas por los artistas populares.

Se dispone que las Ordenanzas que se dicten, deberán incorporar y considerar, entre otras materias: la creación de permisos para los artistas populares -los cuales podrán ser gratuitos-, individualizar los bienes de uso público en que la municipalidad otorgará permisos a los artistas populares y establecer las limitaciones a las que éstos deben ajustarse, conforme a la normativa vigente.

Se señala además, que en caso de cobrarse derechos por los permisos que se otorguen, las municipalidades podrán eximir, total o parcialmente, de este pago a los artistas populares que hayan sido reconocidos por su contribución al desarrollo, promoción y difusión de la cultura y el arte nacional, en conformidad a las disposiciones vigentes.

Sin embargo, se hace presente que la declaración de determinadas actividades artísticas y culturales que efectúe el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes como de interés patrimonial...

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