Regula la disposición final de elementos de protección personal de carácter sanitario, prohíbe y sanciona su eliminación en lugares públicos
Fecha | 17 Junio 2020 |
Número de Iniciativa | 13598-11 |
Fecha de registro | 17 Junio 2020 |
Etapa | Trámite en Tribunal Constitucional (C.Diputados) Ingreso fallo del Tribunal Constitucional |
Autor de la iniciativa | Berger Fett, Bernardo, Castro González, Juan Luis, Celis Araya, Ricardo, Celis Montt, Andrés, Durán Espinoza, Jorge, Macaya Danús, Javier, Ossandón Irarrázabal, Ximena, Pérez Lahsen, Leopoldo, Rathgeb Schifferli, Jorge, Verdessi Belemmi, Daniel |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Regula la disposición final de elementos de protección personal de carácter sanitario, prohíbe y sanciona su eliminación en lugares públicos
Boletín N° 13598-11
Fundamentos:
• Producto de las devastadores cifras de contagio por COVID-19 a nivel nacional y mundial, las personas han comenzado a utilizar de forma reiterada y progresiva elementos de protección, como mascarillas y guantes quirúrgicos. Incluso, más allá de las medidas de la autoridad sanitaria referidas a la utilización de mascarillas en casos determinados, algunos municipios han adoptado acciones extraordinarias. Por ejemplo, en Viña del Mar, se aprobó una Ordenanza Municipal que hizo obligatorio el uso de mascarillas e impone multas de hasta 3 Unidades Tributarias Mensuales1 frente al incumplimiento de dicha obligación.
• Es atendible la sensación de inseguridad que provoca este virus en la población, lo que se acentúa frente a la incertidumbre por saber cuándo estaremos frente al punto más álgido de esta crisis. En este sentido, el Doctor Pablo Vidal, infectólogo de la Clínica Alemana e integrante del Comité Asesor del Ministerio de Salud, indicó: “Seguimos en esta incertidumbre, con alzas y bajas que no se explican demasiado bien. Deberíamos estar observando una disminución. La forma más básica de calcularlo es ver dos semanas después de que ha ocurrido. No me atrevo a hacer ninguna proyección"2 debido a esta situación, el Estado ha extendido las comunas que se encuentran en cuarentena, intentando disminuir los focos de contagio. Medida que pareciera, con el tiempo se irá extendiendo a cada vez más comunas.
• Los chilenos y chilenas, reforzados por las recomendaciones de la autoridad gubernamental, hemos decidido aumentar las medidas personales de protección para evitar el contagio del Covid-19, adquiriendo mascarillas y otros elementos de higiene y protección. Ello en principio parece correcto, sin embargo, el descuido a veces involuntario y otras veces intencional, respecto a la eliminación segura de estos elementos de protección, podría encontrarse generando otro problema mayor, no sólo a la vida y a la salud de las personas, sino también al medio ambiente. Gary Stokes, de la Organización Oceans Asia3, ha descubierto que en playas cercanas a Hong Kong, la mala gestión que existe respecto a la eliminación de material sanitario se ha convertido en una nueva forma de
contaminación del medio ambiente. Ello, precisamente por el constante aumento en su utilización producto del COVID-19 y la latente falta de regulación en cuanto a su eliminación responsable.
• Dicha falta de regulación se ha presentado incluso en países fuertemente afectados por la pandemia. Tal es el caso de España, cuyo Ministerio de Sanidad, debido al aumento de preguntas relacionadas al tratamiento de las mascarillas o guantes desechables, elaboró protocolos para su eliminación y sanciones pecuniarias ante su incumplimiento. Lo mismo han implementado regulaciones locales en las comunidades españolas más afectadas por este flagelo.
• El derecho a la vida y a la protección de la salud, garantizado en nuestra carta fundamental en el artículo 19 N°1 y 9, cobran relevancia frente a esta situación que amenaza la salud de muchas personas y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, tarea que el Estado de Chile se ha comprometido a defender y preservar. Manifestaciones claras de lo anterior son las leyes Nº 21.100, que prohíbe la entrega de bolsas plásticas y Nº 20.920, referida a la Responsabilidad Extendida del Productor, entre otras.
• Finalmente, si bien parece responsable frente a la emergencia sanitaria promover e incentivar el uso de elementos de protección personal, nos asiste la convicción de la necesidad imperiosa de crear un sistema de eliminación de los mismos donde se establezcan reglas y se dispongan sanciones específicas sobre el particular.
El presente proyecto de ley prohíbe arrojar en la vía pública, en bienes de uso público, en...
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