Regula el contenido de las solicitudes de recepción definitiva de obras; el otorgamiento de seguros en condominios y los efectos de los mutuos hipotecarios en caso de destrucción de la especie por sismo catastrófico. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914512450

Regula el contenido de las solicitudes de recepción definitiva de obras; el otorgamiento de seguros en condominios y los efectos de los mutuos hipotecarios en caso de destrucción de la especie por sismo catastrófico.

Fecha23 Marzo 2010
Número de Iniciativa6862-14
Fecha de registro23 Marzo 2010
EtapaTramitación terminada Retirado
Autor de la iniciativaEscalona Medina, Camilo
MateriaDESASTRES, MUTUO HIPOTECARIO, RECEPCIÓN DEFINITIVA DE OBRAS, SEGUROS
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín N° 6.862-14


Proyecto de ley, iniciado en Moción del Honorable Senador señor Escalona, que regula el contenido de las solicitudes de recepción definitiva de obras; el otorgamiento de seguros en condominios y los efectos de los mutuos hipotecarios en caso de destrucción de la especie por sismo catastrófico.


1. Las 03:34 horas del 27 de febrero de 2010 nuestro país fue azotado por un terremoto y posterior tsunami de tal entidad que solo en magnitud ha sido superado por el de la tarde del domingo del 22 de mayo de 1.960 y por el terremoto de 1835.


2. El sismo dejó ciento de personas muertas y varios miles de millones de dólares en perdidas de bienes materiales e infraestructura.


3. El sismo, catalogado por algunos especialistas como uno de los que mas energía ha liberado en la historia de que se tenga registro, solo superado, como he dicho, por el del 22 de mayo de 1960 de Valdivia y cuyo antecedente encontramos en el gran terremoto de 1835, no es uno que sea ajeno a nuestra historia y a nuestra cultura. Desde luego, cabe anotar que en los últimos cinco años hemos experimentado sismos de consideración, me refiero al de Iquique en junio de 2.005 de 7,9 grados en la escala de Richter y el de Tocopilla del mes de noviembre de 2007 cuya graduación alcanzó los 7,9 grados en la escala de Richter. Más aún, solo hace 25 años el 3 de marzo de 1985 San Antonio y la zona central de Chile experimentó uno de graduación 7,7 en la escala de Richter que causo la muerte de 177 personas.


4. El 27 de febrero nos despertamos los chilenos y chilenas en medio de una tragedia, de muerte, de personas desaparecidas y de quienes había perdido, en muchos casos todos los ahorros de su vida, gente de esfuerzo y trabajo que había adquirido no hace mucho tiempo un bien raíz que esa mañana se encontraba seriamente dañado o destruido.


5. Podemos pensar que los terremotos y los embates de la naturaleza son fenómenos sobre los cuales el hombre no tiene ningún refugio y que siendo mayor su entidad, las vidas humanas y los daños que se producen no pueden ser atribuidos a persona alguna y en consecuencia no puede demandarse las responsabilidades en los ámbitos que corresponda. Lo cierto, es que lo que no podemos determinar es el día, la hora y el minuto en que se producirá el evento y en consecuencia si podremos exigir y demandar que se actúe con apego a la ley y el respeto a los derechos fundamentales, esto excluye la improvisación.


6. ¿El terremoto del 27 de febrero se pudo evitar?, y ciertamente la respuesta es no. ¿Se pudo prever sus efectos y aminorarlos? y la respuesta es afirmativa, cuando la improvisación y el descuido son variables inaceptables, especialmente en un país que tiene frecuentemente eventos sísmicos y más aun cuando había un reporte científico, cuya lectura previa al 27 de febrero hubiese sido de gran utilidad. Este analizando la velocidad en que se movilizan las placas de nazca y la sudamericana, la energía liberada o mejor dicho acumulada del terremoto de 1.835 que ha sido relatado por Darwin concluyen que es razonable un escenario de un terremoto en la costa sur entre Constitución y Concepción con una graduación de entre 8,0 y 8,5 grados en la escala de Richter, según se lee de "Interseismic strain accumulation measured by GPS in the seismic gap between Constitución and Concepción in Chile", publicado en junio del 2009 en el Journal Physics of the Earth and Planetary en el que participan, entre otros, científicos de la Universidad de Chile.


7. Sin embargo, podemos como sociedad quedarnos solamente en la etapa de las querellas para determinar responsables por los enormes y cuantiosos daños en vidas humanas y bienes materiales o bien, sin excluir que quienes tengan responsabilidades civiles, penales o políticas deberán asumirlas, aprehender una lección, tal como lo hicieron los japoneses después del terremoto de Kobe de 1.995, esto es, establecer reglas que irán mutando conforme vaya evolucionando el conocimiento humano en la construcción de inmuebles como en la coordinación entre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR