Reglamento número 2, de 2018.- Fija planta de la Municipalidad de Lota - 9 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875253574

Reglamento número 2, de 2018.- Fija planta de la Municipalidad de Lota

Fecha de publicación09 Noviembre 2019
Número de registroCVE-1679137
SecciónNormas Generales
EmisorMUNICIPALIDAD DE LOTA
Número de Gaceta42.498
CVE 1679137 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.498 | Sábado 9 de Noviembre de 2019 | Página 1 de 7
Normas Generales
CVE 1679137
MUNICIPALIDAD DE LOTA
SE FIJA LA PLANTA DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOTA
Núm. 2.- Lota, 26 de diciembre de 2018.
Vistos:
La ley Nº 18.695/88, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones; la
ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales; la ley Nº 19.130; la ley
Nº 19.280; la ley Nº 19.602; la ley Nº 20.033; la ley Nº 15.231; la ley Nº 20.742; el decreto ley
3.063, del Ministerio del Interior sobre Rentas Municipales; la ley Nº 20.922; la ley Nº 15.076; el
Reglamento Nº 1.675 del 15/11/2016 del Ministerio del Interior, que regula la categorización de
los Municipios y rango de grados de los Alcaldes, la resolución exenta Nº 9.380 del 26.07.2017
del Ministerio del Interior, que establece las categorías en que han sido clasificados los
Municipios y la resolución exenta Nº 5.185 del 14/05/2018, que deja constancia de las categorías
en que se ubican las municipalidades del país y del rango de grado de remuneraciones que
corresponde asignar a los respectivos Alcaldes en la correspondiente planta de personal, y
Considerando:
1. El DFL Nº 7-19.280, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece planta
de Personal de la Municipalidad de Lota, de fecha publicación 12.05.1994.
2. El decreto municipal Nº 1.075 del 16/05/1994, que encasilla al personal de la I.
Municipalidad de Lota a contar del 1 de enero de 1994.
3. El decreto municipal Nº 42, de fecha 26.03.2012, en virtud de lo indicado en los artículos
10º y 11º de la ley Nº 20.554, crea el cargo nominado de Secretario Abogado para el Juzgado de
Policía Local de Lota.
4. El decreto municipal Nº 2.893, de fecha 01.12.2014, que crea a contar del 16.12.2014, las
unidades y cargos de: Directivo Administración y Finanzas, grado 6º EMR y Directivo de
Control, grado 6º EMR, de conformidad al artículo 16º de la Ley Nº 18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades, modificado por la ley Nº 20.742, de 2014.
5. Los decretos municipales Nº 2.066 del 14.06.2016, Nº 1.714, de 02/06/2017, y Nº 4.110,
de 29.11.2016, que modifican a partir del 1º de enero de 2016, los grados del personal de Planta
de los escalafones de Técnicos, Administrativos y Auxiliares, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo primero transitorio de la ley Nº 20.922.
6. Los decretos municipales Nº 218, de 13.01.2017, y Nº 1.716, de 02.06.2017, que
modifican a partir del 1º de enero de 2017, los grados del personal de Planta de los escalafones
de Técnicos, Administrativos y Auxiliares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo segundo
transitorio de la ley Nº 20.922.
7. El decreto municipal Nº 1.870, de 13.06.2017, que establece el texto refundido de la
planta de personal de la Municipalidad de Lota, por aplicación de la ley Nº 20.922.
8. El decreto municipal Nº 742 (C), de fecha 18/03/2019 que considera 1 cargo grado 18º
EMR y 1 cargo grado 19º EMR, en la Planta de auxiliares; corrigiendo así, lo establecido en el
decreto Nº 1.870, de fecha 13.06.2017, que fija texto refundido de la planta de personal, de la
Municipalidad de Lota, que contemplaba "0" cargos, grado 18º EMR y 6 cargos, grado 19º EMR,
por interpretación errónea de la normativa del Inciso Segundo del artículo Cuarto Transitorio de
la ley Nº 20.922.

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