Decreto 27 - MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD O'HIGGINS, APROBADO POR DECRETO Nº 115, DE 1997 - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242384994

Decreto 27 - MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD O'HIGGINS, APROBADO POR DECRETO Nº 115, DE 1997

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD O'HIGGINS, APROBADO POR DECRETO Nº 115, DE 1997

Núm. 27.- Santiago, 24 de julio de 2003.- Visto: Lo dispuesto en las leyes Nº 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; 17.538, artículo único; en el D.S. Nº 28, de 1994, y el D.S. Nº 115, de 1997, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social; el DS Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la facultad que me confiere el artículo 32, Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile,

D e c r e t o:

Artículo único

Modifícase el Reglamento Particular del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud O'Higgins, aprobado por D.S. Nº 115/1997, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, incorporando en el Título IV, artículo 9º, la siguiente letra j.

" El Bienestar podrá financiar con cargo a sus propios recursos, de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias, y contratar seguros de vida para sus afiliados, seguros de salud, para solventar los gastos de salud de sus afiliados y/o cargas familiares no cubiertos por los sistemas de salud previsional, sin perjuicio de que los propios beneficiarios...

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