Decreto 130 - REGLAMENTA CURSOS, EXIGENCIAS Y REQUISITOS ESPECIALES QUE DEBERA EXIGIR LA ACADEMIA NACIONAL DE BOMBEROS A SUS POSTULANTES, PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO QUE HABILITE A SOLICITAR LICENCIAS DE CONDUCTOR CLASE F
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
REGLAMENTA CURSOS, EXIGENCIAS Y REQUISITOS ESPECIALES QUE DEBERA EXIGIR LA ACADEMIA NACIONAL DE BOMBEROS A SUS POSTULANTES, PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO QUE HABILITE A SOLICITAR LICENCIAS DE CONDUCTOR CLASE F
Núm. 130.- Santiago, 28 de agosto de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32º número 6º, de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.059; la ley Nº18.290, de Tránsito y la ley Nº 20.078, que modifica el artículo 12º de la ley Nº 18.290, de Tránsito.
Considerando:
1) Que, las tareas de instrucción, educación técnica y valórica para la formación de bomberos es tarea exclusiva de la Academia Nacional de Bomberos, siendo parte de su labor el formar conductores de aquellos vehículos pertenecientes a los Cuerpos de Bomberos.
2) Que, dicha formación deberá proporcionar a los participantes los conocimientos y destrezas que les permitan bajo supervisión, llevar a cabo en forma eficaz, eficiente y segura las órdenes recibidas antes, durante, y después de las operaciones de control y extinción de incendios o emergencias, relacionadas a la tarea del bombero.
3) Que, de conformidad con lo previsto en el artículo único de la ley 20.078, citado en Visto, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones establecerá, mediante Reglamento, los cursos, exigencias y requisitos especiales que deberán exigir la Academia Nacional de Bomberos a sus postulantes, para otorgarles el certificado que los habilite para solicitar la licencia de conductor especial Clase F,
Decreto:
Apruébanse las siguientes exigencias, requisitos especiales y contenidos temáticos que deberá exigir la Academia Nacional de Bomberos a sus postulantes, para solicitar la licencia de conductor especial Clase F:
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La Academia Nacional de Bomberos otorgará a sus postulantes que aprueben el curso institucional de conducción, un certificado que los habilite para solicitar, en la Dirección del Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad respectiva, la licencia de conductor especial Clase F.
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Para postular a dicho curso, los postulantes deberán poseer el siguiente requisito especial, el que será evaluado por la Academia Nacional de Bomberos: Acreditar haber estado en posesión de la licencia Clase B durante dos años.
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La infraestructura y equipamiento de la Academia Nacional de Bomberos deberá corresponder, como mínimo, a aquellas exigidas por la normativa vigente.
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El curso de capacitación deberá reunir...
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