Registro de Deudores de Alimentos - 24 de Noviembre de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 915258053

Registro de Deudores de Alimentos

Este mes entró en vigencia la Ley N° 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Ingresarán al Registro las personas que obligadas a pagar por ley alimentos adeudan 3 meses continuos o 5 discontinuos fijados por un tribunal. A quienes figuren en el Registro se les podrá retener la devolución de impuestos y, en caso de solicitar créditos, también parte de ese dinero podrá ser retenido; se les prohibirá vender bienes a su nombre; no podrán renovar u obtener por primera vez pasaporte y licencia de conducir, ni recibir bonos u otros beneficios estatales, entre otras medidas.* Alimentos: Es un derecho que tiene una persona para exigir de otra lo necesario para subsistir. Este derecho se funda en un vínculo de parentesco entre quien está obligado a dar alimentos y quien los recibe. Este derecho no solo comprende la alimentación propiamente tal, sino también el vestuario, salud, habitación, educación básica, media y superior, etc. En el caso de los hijos este derecho dura hasta que cumplan 21 años, a menos que esté cursando estudios superiores, ya sea técnico o profesional, en cuyo caso deben pagarse hasta los 28 años o cuando finalicen los estudios, según qué ocurra primero.* Relación directa y regular: Conocida comúnmente como visitas, es un derecho para el hijo y un deber para aquel de los padres que no tiene el cuidado personal. Consiste en mantener una relación cercana, estable y periódica con el menor, con el...

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