Decreto núm. 141, publicado el 31 de Enero de 1996. FIJA TEXTO REFUNDIDO Y ACTUALIZADO DE LA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA TEXTO REFUNDIDO Y ACTUALIZADO DE LA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Núm. 141.- Los Angeles, 22 de Enero de 1996.- Vistos estos antecedentes:
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La Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones Permisos y Servicios, vigente al mes de Enero de 1995.
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El Acuerdo N° 28-95 del Concejo Municipal, adoptado en su sesión del 25 de Enero de 1995, que aprueba modificaciones a la citada Ordenanza.
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Las facultades que me otorga la Ley N° 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades cuyo texto refundido fue fijado por Decreto Supremo del Interior N° 662 de 1992,
D e c r e t o
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- Fíjase el siguiente texto refundido y actualizado de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la forma de cobro y el monto de los derechos municipales que deben pagar los que obtengan de la Municipalidad una concesión, un permiso o reciban un servicio.
DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIO DE ASEO Y ORNATO
GIRADOS POR LA DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES
Los servicios especiales por extracción de basuras, y escombros y otros, distintos de los indicados en los artículos 6° y siguientes de la Ley de Rentas Municipales, pagarán por concepto de Derechos Municipales los que se indican:
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- Retiro de escombros, por M3 0,1 UTM
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- Retiro de ramas, hojas y otros provenientes de jardines, por M3 0.05 UTM
Las notificaciones de cobro serán cursadas por funcionarios de la Sección Inspección.
DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE, TRANSITO Y
VEHICULOS, GIRADOS POR LA DIRECCION DE TRANSITO Y
TRANSPORTE PUBLICO
El permiso de estacionamiento reservado en Bienes Nacionales de Uso Público, en los casos que la Ordenanza General del Tránsito lo permita, estará gravada con los siguientes derechos anuales:
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- Automóviles, Station Wagons, c/u 3 UTM 2.- Vehículos de transporte, pasajeros carga y otros#2 UTM
Los permisos que se otorguen al Cuerpo Diplomático y Consular estarán exentos.
Por los servicios municipales prestados por la Dirección de Tránsito y Transporte Público, se pagarán los siguientes derechos:
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.380 DE 31 DE ENERO |
| DE 1996, PAGINA 6. |
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Los servicios por exámenes, anotaciones, otorgamiento de duplicados, certificados y otros y el valor de las Licencias de Conducir para vehículos motorizados, pagarán valores que se reajustarán semestralmente de acuerdo a la variación del Indice de Precios al Consumidor, durante el semestre inmediatamente anterior, en los meses de Enero y Julio de cada año. Esto se hará a más tardar el día 15 de dichos meses de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 60 del Decreto Ley N° 3.063, de Rentas Municipales, publicado en el Diario Oficial del 29 de Diciembre de 1979.
Derechos Municipales por servicios que se prestan en el Cementerio General de Los Angeles.
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.380 DE 31 DE ENERO |
| DE 1996, PAGINA 6. |
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DERECHOS MUNICIPALES RELACIONADOS CON LAS PATENTES POR EJERCICIO DE ACTIVIDADES, GIRADAS POR LA SECCION RENTAS Y TATENTES
El otorgamiento de permisos para el ejercicio transitorio de actividades lucrativas, pagará los siguientes derechos municipales:
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.380 DE 31 DE ENERO |
| DE 1996, PAGINAS 6 Y 7. |
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